El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (Tsjcv) anuló el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura verde del Litoral (Pativel) basándose, entre otros argumentos, en jurisprudencia sobre el Reglamento de Planeamiento Urbanístico de septiembre de 1978, de ámbito estatal, que entró en vigor en octubre de ese año. Dos meses antes de que se votara (6 de diciembre de 1978) y entrara en vigor (29 de diciembre de 1978) la Constitución Española.

En base a jurisprudencia sobre este reglamento preconstitucional, el Tsjcv consideraba que el Pativel debía incluir un «estudio económico-financiero que preverá el coste de ejecución de la actuación, las fuentes de financiación de la misma y demostrar la viabilidad económica».

Una decisión errónea, según argumenta la Abogacía de la Generalitat en el escrito que anuncia y justifica el recurso que presentará ante el Supremo para que corrija al Tsjcv y valide el Pativel.

Competencias autonómicas

El Consell considera que la sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo «no razona por qué aplica normativa estatal en una materia (ordenación del territorio y urbanismo) sobre la que la comunidad autónoma tiene plenas competencias y ha aprobado normativa al efecto».

Además de resultar «incorrecto» exigir un estudio económico financiero al Pativel ya que es un instrumento de ordenación del territorio, no urbanístico. Una distinción que ya se establece desde 1978 en la Constitución. A parte de que el Pativel sí incluye una memoria económica, aunque como no prevé expropiaciones, ni proyectos concretos no se realiza un análisis de costes en el sentido que exigía el Tsjcv porque no es el instrumento de ordenación adecuado.

Se trata, además, de un debate jurídico que ya se suscitó con el Plan de ordenación del litoral de Galicia. En este caso el Tribunal Supremo corrigió en 2016 al TSJ de Galicia y falló que no todos los planes de ordenación territorial necesitan de dicho informe o memoria económica.

La Generalitat también esgrimirá ante el Supremo que el Tsjcv ha invalidado el Pativel por falta de un informe de género, infancia y adolescencia. «Decisión que infringe la jurisprudencia del Supremo ya que los proyectos normativos pueden ser ‘neutros’ o ‘nulos’ en cuanto a sus efectos en la igualdad de género» como ya falló el alto tribunal sobre el Reglamento General de Costas de 2014 con incidencia «nula o inexistente sobre las políticas de género», como argumenta la Conselleria de Política Territorial que sucede con el Pativel.