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El Consell ultima la creación de un registro para regular las viviendas vacías

El pleno del Consell del próximo viernes tiene previsto aprobar el decreto para la movilización de las viviendas vacías de los grandes tenedores de vivienda, que son aquellas personas físicas o jurídicas propietarias de diez o más inmuebles deshabitados.

Según fuentes de la Vicepresidencia segunda y Conselleria de Vivienda, el decreto regula la obligación de comunicar el número de viviendas vacías de los grandes tenedores, mediante su inscripción en un registro, y además recoge medidas de fomento para facilitar la movilización de esos inmuebles y que pasen a estar ocupados.

De esta forma, la norma regulará el procedimiento para la declaración de vivienda deshabitada y las consecuencias de dicha declaración, de manera que una vez que se produzca habrá un plazo de seis meses para movilizarla, por ejemplo a través de un contrato de compra-venta, de alquiler o de cesión de uso.

Multas mensuales

En caso de no hacerlo así y de que la vivienda siga vacía, lo que supondría un incumplimiento de la ley de función social de la vivienda, se establecerán multas coercitivas de carácter mensual, cuyo importe dependerá de la tipología del inmueble y de dónde esté ubicado.

El decreto regula asimismo la inscripción en el Registro de Viviendas Deshabitadas, con el fin de poder contar con una estadística de las viviendas de este tipo que hay en la Comunitat Valenciana -actualmente se desconoce la cifra exacta- y así poder realizar un seguimiento y orientar el diseño de las políticas públicas en materia de vivienda.

Finalmente, en este decreto se desarrolla la actividad inspectora que se llevará a cabo para el control del cumplimiento de la legalidad y de las medidas de fomento adoptadas.

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