Xàtiva recurre a la prórroga forzosa del servicio sanitario y asistencial del centro de día Pérez Bruschetti

El ayuntamiento prolonga el contrato actual al no licitar el nuevo, después de que la empresa haya agotado la única prórroga posible

El convenio finaliza el próximo 30 de noviembre y el consistorio justifica el nuevo acuerdo en el interés público para no interrumpir el servicio a enfermos de Alzheimer

El centro de día de enfermos de Alzheimer de Xàtiva, en una imagen de archivo.

El centro de día de enfermos de Alzheimer de Xàtiva, en una imagen de archivo. / PERALES IBORRA

R.Tomàs.

El Ayuntamiento de Xàtiva ha recurrido a la prórroga forzosa del servicio sanitario, asistencial y de transporte para el centro de día Pérez Bruschetti, que atiende a personas dependientes enfermas de Alzheimer, para no interrumpir el servicio, debido a que el actual contrato se agota el próximo 30 de noviembre y el consistorio no ha licitado ni adjudicado el nuevo. Así, un decreto de alcaldía aprueba la continuidad del servicio a la empresa que lo está prestando ahora, Socialcore SL, hasta que se adjudique el nuevo contrato, un proceso que tendrá que resolverse en un plazo máximo de 9 meses, según fija la legislación.

El servicio se adjudicó en noviembre de 2021 a Socialcore SL, entrando en vigor el contrato el día 1 de diciembre de ese 2021, y el contrato era por un plazo de un año, con opción a una prórroga por un año más. En 2022, antes de que finalizará la vigencia del convenio, la empresa pidió la prórroga de un año que se le permitía, una prórroga que fue aceptada por el ayuntamiento, lo que alargaba el contrato hasta el próximo 30 de noviembre de 2023. El ayuntamiento debía licitar y adjudicar el nuevo contrato, pero los trámites para ese nuevo procedimiento no se han llevado a cabo. Ante ello, y para no dejar sin servicio a los 35 usuarios del centro, el ayuntamiento ha recurrido a la prórroga forzosa, permitida para casos de interés público.

El decreto municipal que da luz verde a la continuidad del servicio con una prórroga forzosa expone las consideraciones jurídicas que ha tenido que sortear la resolución para garantizar y mantener el servicio sanitario, asistencial y de transporte del centro de día de enfermos de Alzheimer de Xàtiva. La legislación no apuesta por estas situaciones y, según expone el propio decreto, la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado apunta la “improcedencia de la prórroga tácita en el ámbito de los contratos públicos”. Además, una sentencia del TSJ de Aragón de 2016, que señala dos tipos de prórroga: la primera de mutuo acuerdo, y una segunda prórroga que es “un privilegio de la administración en esta materia, que es la prórroga forzosa”, si no se impide en el contrato, la sentencia señala que la prórroga forzosa “está justificada en el interés público hasta finalizar la adjudicación del nuevo contrato, para no interrumpir el servicio”, expone el decreto. Un documento que también pone de manifiesto que los departamentos del Ayuntamiento de Xàtiva que intervienen en el informe “no pueden omitir su deber de manifestar que la continuidad del servicio fuera del marco contractual constituye una patología que no encuentra acomodo en el marco de la legislación sobre contratación administrativa”, aunque también añade que al ayuntamiento le asiste la legislación para garantizar la prestación de servicios relacionados con la atención inmediata a personas en situación de riesgo o de exclusión social. Ante ello, al no haber preparado, licitado y adjudicado el nuevo contrato, la prestación del servicio a partir de la aprobación de la continuidad con la prórroga forzosa, “tendrá lugar extra contrato, con las consecuencias que la ley de contratos y la de haciendas locales prevén, lo que debería haberse evitado”, señala la resolución.

Este servicio prestado “extra contrato” no podrá alargarse más de 9 meses, según apunta la legislación. Ésta señala que cuando un contrato venza sin que se haya formalizado el nuevo que garantice la continuidad del servicio, y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, “se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso por un periodo máximo de nueve meses”, según establece el artículo 29.4 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP). A la medida del ayuntamiento de dar continuidad al actual contrato también ha puesto reparos la Intervención municipal, que pone de manifiesto el “incumplimiento” de esa ley de contratos, “por haberse propuesto la continuidad de un servicio respecto del que falta la celebración del correspondiente procedimiento de contratación”.

Todo ello se ha resuelto con el decreto del ayuntamiento, que ordena a la mercantil Socialcore SL la continuidad del contrato de los servicios sanitarios, asistencial y de transporte para el Centro de Día Pérez Bruschetti a partir de la finalización del contrato vigente, el 30 de noviembre de 2023, y hasta que se formalice e inicie el nuevo contrato del servicio.