Condenan a la Generalitat a pagar 440.000 € por una falsa alerta sanitaria que cerró una granja en Chella

35.530 docenas de huevos y cientos de gallinas de la explotación avícola fueron inmovilizados durante más de un mes tras detectarse el insecticida fipronil en unos productos hasta que se descartó la contaminación

La granja de Chella afectada.

La granja de Chella afectada. / GOOGLE MAPS

Sergio Gómez

Sergio Gómez

La Generalitat ha sido condenada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) a indemnizar con cerca de 440.000 euros a los responsables de una explotación avícola de Chella por las graves pérdidas sufridas a raíz de la inmovilización durante más de un mes de 35.530 docenas de huevos y de cientos de gallinas ante la sospecha de que unos productos procedentes de la granja podían contener valores excesivos del insecticida fipronil.

Las averiguaciones posteriores, sin embargo, descartaron la contaminación en la actividad ganadera ubicada en la Partida Esparza, que terminó cerrando sus puertas poco después sometida a importantes estreches económicas.

La mercantil EFE, SL reclamó a las consellerias de Agricultura y Sanidad 1,438 millones de euros en concepto de daños y perjuicios, pero sus demandas no fueron atendidas por vía administrativa. El tribunal de lo contencioso, en cambio, ha declarado que la actuación de la administración autonómica fue negligente y no se ajustó a derecho, por lo que la firma tiene que ser compensada, aunque la sentencia rebaja notablemente la cantidad económica que esta exigía.

El 31 de agosto de 2017, en plena alerta europea por la escalada de casos de huevos contaminados por fipronil en 15 países, la inspección veterinaria de la Conselleria de Agricultura ordenó la paralización de la producción de la granja de Chella después de que una muestra analizada tres días antes por Salud Pública en un establecimiento de Betxí detectara la existencia del insecticida en unos huevos producidos en la localidad de la Canal. Según la resolución de la Generalitat, existía "un riesgo inminente y extraordinario para la salud pública".

Siguiendo la trazabilidad del lote, el 30 de agosto se captaron tres muestras oficiales en el negocio encargado de envasar la producción, ubicado en Algemesí, que también detectaron el pesticida, prohibido para desinsectar las aves de corral.

Sin embargo, hasta el 12 de septiembre Salud Pública no tomó muestras de huevos en la granja de Chella. Los análisis arrojaron un resultado por debajo del límite máximo permitido del insecticida. El afectado denunció que, antes de disponer de esta información, sus huevos fueron retirados de las tiendas y se ordenó su destrucción por contaminación por fipronil, "lo que provocó la difamación de la empresa, que más tarde terminaría en su cierre". Las gallinas de la explotación avícola no pudieron producir huevos durante 52 días.

Aunque los magistrados consideran que la inmovilización cautelar de los huevos y las gallinas "podía entenderse ajustada a derecho" en aplicación del principio de cautela, sostienen que la medida se prolongó "de forma ilegal" antes de tomar muestras de la explotación de origen de los huevos, en base a un análisis en las instalaciones del envasador que se practicó, además, "sin estar presente ningún representante de la granja y sin que pudiese quedar en su poder uno de los ejemplares de la muestra para su posterior utilización en la prueba contradictoria".

Al no ajustarse a los preceptos normativos, dicha toma de muestras "no podía servir de base para mantener la medida cautelar adoptada" de inmovilización de la producción. A juicio del TSJ, lo procedente hubiera sido que en la primera visita a la explotación de Chella se hbiera practicado el análisis de las partidas de huevos allí existentes .Sin embargo, la inspección veterinaria únicamente captó muestras de pienso y del agua de los bebederos de las galllinas el 31 de agosto.

"Esto me ha llevado a la ruina"

La Generalitat no levantó todas las medidasde inmovilización de la producción hasta el 13 de octubre de 2017, cuando se comprobó que los valores eran inferiores al umbral permitido de fipronil en huevos. La sentencia también sostiene que los análisis de las muestras tomadas en la empresa envasadora que motivaron la alerta sniataria "no eran concluyentes para considerar que los huevos de la granja superaban los niveles". Un informe pericial aportado por la demandante apreció un error en el análisis tomado en la envasadora que distorsionó el resultado positivo en pesticida.

El granjero afectado asegura que a raíz de los hechos tuvo que despedir a todo el personal de la explotación: "No podía pagar nada y a mí esto me ha llevado a la ruina", declaró.

El granjero de la explotación de Chella declaró que a raíz de la falsa alarma en sus instalaciones perdió clientes y no pudo amortizar la inversión desplegada, por lo que tuvo que "tirar a todo el personal a la calle". "No podía pagar nada. A mí esto me ha llevado a la ruina", denunció en el marco del proceso judicial.

Tras revisar la documentación, sin embargo, el TSJ no ve justificado que el cierre de la empresa fuera debido "de forma única o principal a las medidas de inmovilización acordadas", por lo que reduce en 1 millón de euros la compensación reconocida a la extinta empresa.

La sentencia del TSJ no es firme y admite recurso.