La Audiencia Nacional decidió ayer no imponer medidas cautelares durante la huelga de pilotos de la aerolínea valenciana Air Nostrum, prevista para los días 15, 16, 17, 22, 23 y 24 de abril y convocada por el sindicato SEPLA, una decisión que se produce después de que la compañía aérea las pidiera al concurrir, según ella, riesgo de un perjuicio irreparable o de muy difícil reparación, oportunidad de la medida cautelar previa valoración de los intereses, y existencia de apariencia de buen derecho.

El sindicato convocó la protesta por el incremento en el desvío de la producción de Air Nostrum a otras aerolíneas de los mismos propietarios, una situación que lo pilotos llevaban denunciando dos años y que pone en riesgo el futuro de la empresa y las condiciones de trabajo de sus pilotos, de acuerdo con SEPLA.

Asimismo, el tribunal destacó ayer que ha quedado acreditado que la convocatoria de huelga no se hace con motivo de las negociaciones del convenio colectivo, sino por la necesidad de resolver el conflicto relativo al acuerdo de 14 de junio de 2018 -donde la aerolínea garantizó que no recurriría a la externalización con terceros para operar la franquicia de Iberia-, y en defensa de los intereses profesionales de los pilotos.

Este paro, según un comunicado de la compañía, obligará a cancelar en los tres primeros días de huelga un total de 148 vuelos, afectando en ellos a 10.000 pasajeros. Sin embargo y siguiendo los servicios mínimos si que operarán el 76,4% vuelos programados para el 15, 16 y 17 de abril. Además, los clientes afectados podrán optar por el reembolso de los billetes o la reubicación en «fechas alternativas para volar hasta el 10 de mayo», explicó la aerolínea.