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Salud

La UE declara cancerígena una sustancia usada en la cerámica y obliga a tomar medidas

España es el país más expuesto a la sílice cristalina respirable y tiene que introducir medidas de protección para los trabajadores desde el 17 de enero - Construcción, siderometalurgia, vidrio y canteras son otros de los sectores afectados, que no podrán trabajar con empleados de ETT a partir de esa fecha

Trabajos en una planta industrial. levante-emv

La industria valenciana se enfrenta a partir de 2020 a una nueva problemática que promete provocar más de un dolor de cabeza. Aunque no tiene el impacto de otros frentes abiertos como el de los costes energéticos, los empresarios tienen ahora la atención puesta también en la prevención de riesgos laborales.

Desde el pasado enero, la Unión Europea reconoce la carcinogenicidad del polvo de sílice libre, al incorporarlo a la Directiva de protección laboral a la exposición de sustancias carcinógenas. Se trata de un componente natural que se encuentra en minerales y materiales que se usan sectores como la cerámica (azulejos y esmaltes), construcción, siderometalúrgico, canteras, vidrio, etc.

No es algo que pille a nadie por sorpresa. Desde hace décadas sectores como el azulejero trabajan para reducir al mínimo la toxicidad, protegiendo a sus trabajadores. Lo que sí es nuevo es esta normativa. El Estado español debe trasponer la directiva europea e incorporarla antes del próximo 17 de enero al real decreto sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos.

El cambio legal va a tener consecuencias en los sectores donde se trabaja con este tipo de sustancia. En concreto, desde mayo de 2018, el Estado reconoce como enfermedad profesional una nueva enfermedad denominada «cáncer de pulmón provocado por polvo de sílice cristalina».

«Existen pruebas suficientes de que el polvo respirable de la sílice cristalina es cancerígeno. Procede establecer, a partir de la información disponible, incluidos datos científicos y técnicos, un valor límite para el polvo respirable de la sílice cristalina», expone la directiva europea 2017/2398. En España, además, el límite fijado es más restrictivo que en otros países.

La potencial exposición a esta sustancia respirable es un riesgo en los trabajos en los que se triture, corte, perfore, talle o muela materiales que contengan sílice libre.

Con la entrada en vigor de esta normativa, se cree que en los próximos años se van a incrementar los cánceres profesionales reconocidos. Una de las consecuencias de la trasposición de la citada directiva va a ser la consideración legal en España de los «trabajos que supongan exposición al polvo respirable de sílice cristalina generado en un proceso de trabajo» como agente cancerígeno.

Con estos sectores afectados, la C. Valenciana cuentan con un elevado número de trabajadores expuestos. Según un estudio del Instituto de Medicina del Trabajo (IOM) para la CE, España es el país más expuesto al sílice respirable cristalina, con el 26,8% de los 5,3 millones de trabajadores de la UE expuestos, por delante de Alemania, Francia y el Reino Unido.

Sistemas cerrados

Las empresas afectadas se enfrentan a un nuevo régimen de prevención de riesgos que va a generar ciertas dificultades técnicas asociadas al control de la exposición. Consultados por este diario, desde el Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Generalitat (Invassat) se limitan a trasladar su disposición a colaborar con los sectores afectados en la puesta en marcha de las nuevas medidas preventivas.

¿Qué va a cambiar en concreto? Uno de los cambios que más preocupa es que, si el Gobierno no lo impide, desde enero las empresas que trabajen con esta sustancia no podrán recurrir a trabajadores de empresas de trabajo temporal (ETT).

Con la entrada en vigor de estas novedades, la sílice entra en el ámbito del decreto 665/1997, de protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Y eso obliga a adaptar los miles de puestos de trabajo afectados, empezando por la sustitución del producto siempre que sea posible, pasando por la utilización de sistemas de producción cerrados, o medidas de higiene o protección personal, como cuartos de aseo, lavado o descontaminación de la ropa, diez minutos de aseo antes de la comida y antes de finalizar la jornada, entre otros.

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