El pleno del Consell aprobó ayer el decreto por el que se regulan las entidades colaboradoras de la administración municipal en la verificación de las actuaciones urbanísticas (ECUV), lo cual se espera que contribuya a agilizar y simplificar los trámites para la concesión de licencias urbanísticas. Tras reunirse con los dirigentes de la patronal CEV, el jueves, el president de la Generalitat, Ximo Puig, afirmó que el procedimiento «exprés» de apoyo a los ayuntamientos para tramitar licencias urbanísticas busca poner todos los recursos al alcance de la Administracion autonómica para agilizar la burocracia y facilitar al máximo la reactivación de la actividad económica ante la pandemia de Covid-19.

A través de este decreto, según informó la Generalitat en un comunicado, la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad que dirige Arcadi España concibe a estas entidades como una herramienta fundamental de colaboración municipal para agilizar la tramitación de las licencias de obras; facilitar las inversiones que impulsen el crecimiento económico y el empleo y revitalizar el sector.

La Comunitat Valenciana es una de las primeras autonomías que regula estas entidades con un régimen muy concreto, cuya aplicación no requiere desarrollo reglamentario por parte de los entes locales. Según establece el decreto, estas entidades tendrán la función de verificar que las actuaciones urbanísticas se ajustan a la normativa técnica de edificación y, si previamente se obtiene cédula de garantía urbanística, que la actuación urbanística se ajusta a la legalidad urbanística y al planeamiento. De esta forma, se libera a los servicios técnicos municipales de la carga de trabajo que supone el desarrollo de esta fase del procedimiento.

Las entidades colaboradoras podrán intervenir tanto en el procedimiento de licencia de obras municipal como respeto las actuaciones urbanísticas previstas en el artículo 214 de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, LOTUP, que podrán pasar al régimen de declaración responsable.

Este nuevo instrumento administrativo permitirá agilizar y simplificar los procedimientos y, a la vez, garantiza la autonomía local, ya que el contenido de los certificados de las entidades colaboradoras no limita ni excluye las actuaciones municipales de verificación, comprobación o inspección, ni en lo que se refiere a las declaraciones responsables, ni a los procedimientos de licencia.

Como mecanismos de cautela respecto a la actuación de estas entidades, el decreto establece un régimen estricto de habilitación para el ejercicio de la actividad y de incompatibilidades. Asimismo, con el fin de garantizar la calidad de los servicios prestados por estas entidades, la Dirección General de Urbanismo fijará un sistema de precios mínimos y máximo que podrán percibir en el desarrollo de su actividad.

Para el ejercicio de las funciones que regula el decreto, las entidades colaboradoras tendrán que habilitarse mediante la inscripción en el Registro de Entidades Colaboradoras de Verificación y Control de Actuaciones Urbanísticas (RECUV).