Los Juzgados dan la razón a los afectados por el Cártel de Coches

Yuris Group Legal obtiene cuatro sentencias favorables y consigue la devolución media de un 12,5 % del sobreprecio pagado más los intereses

Las reclamaciones con un informe pericial tienen más posibilidades de éxito

Yuris Group Legal obtiene cuatro sentencias favorables.

Yuris Group Legal obtiene cuatro sentencias favorables. / ED

¿Compraste un coche o una furgoneta nuevos entre 2006 y 2013? Puede ser que seas una de las personas afectadas por el Cártel de Coches, que alteró sensiblemente el precio de los vehículos. En 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso la mayor multa de su historia al sancionar con 171 millones de euros a veintiuna empresas fabricantes, distribuidoras, comercializadoras y prestadoras de servicios de postventa, así somo dos consultoras, en el territorio español.

Según la CNMC, quedó ratificado el "intercambio sistemático de información confidencial comercialmente sensible, tanto actual como futura y altamente desagregada, que cubría la práctica totalidad de las actividades realizadas".

¿El resultado? Miles de afectados que pagaron un sobrecoste impuesto por el cártel y que aún años después están reclamando sus derechos. Se incluyen las personas que compraron entre febrero de 2006 y agosto de 2013 matrículas que empiezan por DWX y finalizan con HSS, y vehículos de las marcas Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Jeep, Dacia, Dodge, Citroën, Fiat, Lancia, Alfa Romeo, Ford, Honda, Hyundai, Lexus, Kia, Mazda, Mercedes, Mini, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Saab, Seat, Skoda, Smart, Toyota, Volkswagen y Volvo.

Demandas a favor

Durante las últimas semanas, los Juzgados de lo Mercantil de València han fallado en favor de cuatro demandas realizadas contra el cartel de automóviles y ha avalado al 100 % el informe pericial que acompañaba la denuncia, elaborado por TR Abogados & Economistas. 

En estos casos, conducidos por los abogados de Yuris Group Legal, las sentencias han reconocido la existencia de una infracción de la libre competencia (ya sancionada en 2015 por la Comisión Nacional  de los Mercados y la Competencia con una multa de 171 millones de euros) y establecen las condenas a Citroen, Opel y Renault, respectivamente, por los daños y perjuicios causados a los demandantes.

Yuris Group Legal obtiene cuatro sentencias favorables.

Yuris Group Legal obtiene cuatro sentencias favorables. / ED

En opinión de Marta Torres, de Yuris Group Legal, “estas sentencias deben suponer un estímulo para que aquellos afectados que aún no han presentado su demanda lo hagan”, teniendo en cuenta además que la prescripción, según sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, se producirá en 5 años y no en uno, como estaba planteado en un principio”. 

Los informes periciales

La importancia de estas sentencias radica en que los informes periciales presentados por las marcas demandadas han sido desestimadas ante las evidencias reflejadas en los informes elaborados por TR Abogados & Economistas, que se ajustan metodológicamente a los requerimientos legales y jurisprudenciales para el cálculo exacto de la indemnización. 

En todos los casos, los compradores afectados han podido recuperar el sobreprecio que establecía el informe pericial —un 12,5 %— más los intereses legales y con expresa condena en costas a las entidades demandadas.

En este sentido, es clave que las demandas estén bien fundamentadas, libres de imprecisiones que puedan afectar el resultado final y avaladas por un informe pericial exhaustivo y detallado, lo que incrementa notablemente la posibilidad de acceder a la devolución del sobreprecio pagado. 

La firma Yuris Group Legal cuenta con expertos en la materia que resolverán las dudas y cuestiones de los afectados y ofrece la posibilidad de contratar el asesoramiento legal a éxito, es decir, sólo se facturará en caso de una sentencia favorable para el afectado. Los interesados pueden informarse escribiendo un mail a la dirección de correo electrónico info@yurislegal.es o llamando al teléfono 960 473 705.

¿Quién puede reclamar?

Tienen posibilidad de iniciar el trámite de reclamación todas aquellas personas que compraron entre febrero de 2006 y agosto de 2013 (matrículas desde la DWX hasta la HSS) un vehículo de las marcas Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Jeep, Dacia, Dodge, Citroën, Fiat, Lancia, Alfa Romeo, Ford, Honda, Hyundai, Lexus, Kia, Mazda, Mercedes,Mini, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Saab, Seat, Skoda, Smart, Toyota, Volkswagen y Volvo).

Respecto a la documentación a aportar, sólo es necesario demostrar la titularidad del vehículo y el pago del mismo mediante factura, apuntes bancarios u obteniendo de la AEAT el modelo 576 impuesto de matriculación. No importa la forma de adquisición, ya sea compra directa, renting, leasing, Km 0…, incluso si ya no se dispone del propio vehículo.