ANÁLISIS

Derecho al olvido en Internet

En España, el derecho al olvido se aplica desde que se dictó la histórica sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en mayo de 2014

Javier Franch, CEO de Honoralia.

Javier Franch, CEO de Honoralia. / Levante-EMV

Javier Franch / CEO de Honoralia

Comentarios en redes sociales de todo tipo, reseñas de restaurantes y establecimientos, perfiles en sitios de compras, noticias antiguas de prensa... y así un sinfín de datos personales que circulan libremente por Internet. Nuestros nombres y apellidos, direcciones de correo y hasta números de teléfono pueden aparecer en muchos tipos de páginas web, pero qué pasa cuando queremos borrar esos datos.

Existe un mecanismo en nuestra legislación que se denomina “derecho al olvido”, un concepto legal que tiene todo ciudadano a fin de solicitar a los motores de búsqueda de Internet, como pueden ser Google o Bing, la eliminación de sus resultados de búsqueda de cierta información que haya podido tener en sus vidas, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos por la normativa vigente.

Estos requisitos son, entre otros, la falta de adecuación, pertinencia e inexactitud de la información, pudiendo aplicarse si la información accesible por los buscadores puede considerarse excesiva en relación con el interés público de la información o si la misma está considerada obsoleta por el transcurso del tiempo de la publicación.

Informaciones publicadas

En la práctica significa que una persona puede solicitar la eliminación de enlaces específicos de los resultados de búsqueda de cualquier buscador, pero la misma información puede seguir estando publicada en la página web de origen. En otros casos, como por ejemplo una información publicada en un medio de comunicación, se podría eliminar ejerciendo el derecho de supresión ante el editor de la página web en concreto.

En España, el derecho al olvido se aplica desde que se dictó la histórica sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en mayo de 2014, conocida como el caso de Mario Costeja. Esta sentencia estableció que los motores de búsqueda, como Google, podrían ser responsables de la eliminación de enlaces que contengan información personal inadecuada a petición de los individuos afectados. Desde entonces, las personas en España tienen el derecho legal de solicitar la eliminación de ciertos enlaces de resultados de búsqueda si consideran que la información es obsoleta, irrelevante o perjudicial.

Libertad de expresión

Es muy importante destacar que el derecho al olvido está equilibrado con otros derechos, como la libertad de expresión y el interés público, por lo que cada caso se evalúa individualmente para encontrar un equilibrio adecuado entre la privacidad del individuo y otros derechos legítimos.

Cualquier persona que considere que la información que aparece en los resultados de búsqueda de motores como Google es obsoleta, irrelevante o perjudicial puede presentar una reclamación ante el buscador concreto para acogerse al derecho al olvido, debiendo alegar y justificar que sus derechos se han visto dañados por el acceso público a Internet al hacer consultas por su nombre y apellidos.

En teoría, cualquiera puede solicitar este derecho rellenando un formulario, pero la realidad es que en muchas ocasiones vamos a necesitar el respaldo de una empresa especializada en derecho al olvido. Para que nos hagamos una idea, solo en el periodo de 2015 a 2021, Google recibió más de un millón de solicitudes para ejercer este derecho. Y en los dos últimos años las cifras se han multiplicado.

Reclamaciones

Por ello, es importante que las reclamaciones estén claramente detalladas y los derechos infringidos justificados, así como el motivo por el que deben eliminarse de los resultados de búsqueda de un determinado buscador, incluyendo argumentos suficientemente claros y evidentes que respalden la afirmación de que la información es obsoleta, irrelevante o perjudicial, dado que es importante tener en cuenta que cada caso se evalúa individualmente.