Junts per Faura considera ilegítimo el registro de «La Corbella» a nombre de la UGT puesto que, según los nacionalistas, la Sociedad Obrera de Socorros de Faura (SOSF) sigue vigente y además durante veinte años el sindicato ha cobrado un alquiler por el que el edificio debería estar en buen estado y no en el actual ruinoso.

«Pedimos que se paralice la compra del edificio por parte del ayuntamiento hasta que se aclare la cuestión legal y se agoten todas las posibilidades de recuperación del inmueble como pasó con la Casa Gran o La Protectora. ¿Cómo es posible que estas dos propiedades no hayan costado un euro a los faureros y sin embargo, la Sociedad Obrera que era de la gente del pueblo y para el pueblo nos cueste 150.000 euros?». Desde Junts per Faura asignan la responsabilidad al equipo de gobierno así como a los ediles del PP que votaron a favor de la propuesta. De ahí que desde ERPV y Compromís hayan iniciado una campaña bajo el lema «la Corbella era del poble i per al poble, pero sense haver de pagar per ella».

Estatutos

El planteamiento de Junts per Faura se remonta a 1918 cuando los sindicatos obreros de Faura y algunos ciudadanos comprometidos de la clase obrera decidieron crear la SOSF. La sede de dicha sociedad se estableció en el actual edificio de la Corbella en régimen de alquiler hasta 1929. Los socios decidieron comprar el edificio por 12.000 pesetas para lo cual emitieron acciones de 25 pesetas. En 1935 se registran los estatutos según los cuales se fija el modo de traspaso de las acciones o la disolución de la sociedad.

En este sentido, los artículos 48 y 49 recogen la transmisión de acciones de un socio numerario de pleno derecho a su heredero más próximo. En esta misma línea se estipula que el heredero deberá ingresar en la entidad obligatoriamente, en caso de no asumir dicha obligación deberá comunicarlo a la Junta Directiva.

Por otra parte, en los estatutos se prevé la no disolución de la Sociedad Obrera de Socorros de Faura mientras existan 10 socios; asimismo en caso de existir un acuerdo para la disolución, los bienes de la sociedad pasarían a ser custodiados por la UGT como albacea durante cinco años en los que el artículo 56 prevé la reconstitución de la sociedad.

Con el franquismo, la propiedad pasó a manos del FET y de las JONS hasta finales de los años 70 cuando se hizo una entrega simbólica a socios de la SOSF. En virtud del RD 1671/1986, el edificio pasó a ser de propiedad estatal como todos los bienes incautados por Franco. «Éste fue el momento clave, ya que como los socios supervivientes de la sociedad Obrera no se pusieron de acuerdo en reconstituirse, es la UGT quien reclama la custodia del edificio.

«Momento clave»

Desde Junts per Faura consideran éste el momento clave, ya que si el ayuntamiento hubiese instado a los socios o sus herederos a recuperar el bien, ahora mismo la titularidad del edificio sería municipal y no supondría coste alguno. «Como el ayuntamiento no impulsó la reunión entre los socios, paso previo para la recuperación inmediata y sin coste económico alguno para el pueblo será entre 1998 y 2000 cuando UGT inicie su adquisición» añadían los de Esquerra y Compromís de Faura, que niegan que la UGT sea la propietaria.