La Comisión Municipal de Escolarización de Catarroja ha puesto en evidencia a la Conselleria de Educación ante las incongruencias legales de la orden por la que se consideraban los embarazos como si ya hubiese nacido el bebé a la hora de computar el baremo en la reserva de plazas en los colegios. El organismo se ha negado a aplicar dicha instrucción por considerar que es contraria a varias normativas, tanto estatales como autonómicas, de rango superior. Se trata de una nueva polémica que se suma a las ya habituales que rodean la matriculación de alumnos en los centros escolares, sometida en numerosas ocasiones a cambios de criterios y puntuaciones.

Pero la decisión de Catarroja pone sobre la mesa las consecuencias que terminan acarreando decisiones que se extralimitan sobre lo que establecen las leyes. La orden dictada por el Consell —al abrigo de la ley autonómica de protección a la maternidad— obedece a unas motivaciones ideológicas y religiosas que ha terminado por chocar con la legislación vigente. Cuando surgen contradicciones como éstas, cabe preguntarse para qué sirve dotarse de un cuadro legal si las autoridades obligadas a respetarlo tienden a extralimitarse e incluso rebasarlo en función de sus intereses.

Es probable que esta disputa termine también en los tribunales. Una alternativa excesivamente frecuente en la Comunitat Valenciana, donde la falta de diálogo político aboca al choque de trenes permanente.