En ocasiones conviene recordar lo que no deja de ser un lugar común. Y ésta es, lamentablemente, una ocasión propicia para insistir en la necesaria defensa de «lo público» y más en concreto de la sanidad pública.

En un Estado social y democrático de Derecho determinados servicios a los ciudadanos deben ser (son) necesariamente públicos. La sanidad es uno de ellos, por más que convenga recordar algún otro, como la enseñanza. El servicio público no busca el beneficio, no atiende a la cuenta de resultados; esta no es otra que su propia prestación en términos de igualdad y de calidad. El servicio público se presta en función de su propia naturaleza y objetivo, con motivo de ello es deficitario y se sostiene por los presupuestos públicos a partir de la necesaria recaudación de impuestos a los ciudadanos, promoviendo en definitiva la igualdad entre ellos. Se mantiene con los impuestos que, naturalmente, deben configurarse en atención a las capacidades económicas de los contribuyentes y deben proyectarse en su aplicación con independencia de dichas capacidades a todos por igual según sus necesidades.

En estos momentos conviene recordar, dentro de la sanidad pública, a los especialistas en Enfermedades Infecciosas, cuya labor es imprescindible e incuestionable. Ahora y siempre, ya que su labor no se produce sólo, como es lógico, con motivo de la actual pandemia. Trabajan a diario, desde hace más de una década, contra la gran pandemia de bacterias multirresistentes, se enfrentan a numerosos brotes causados por diversos microorganismos (Legionella, Listeria€) y han asistido a las múltiples alertas generadas por la encefalopatía espongiforme bovina en el 2000, el SARS en el 2003, la gripe A pandémica en 2009 o la epidemia de Ébola en 2014. Llama la atención que en nuestro entorno sólo tres países no tienen reconocida normativamente la especialidad de Enfermedades Infecciosas: España, Malta y Luxemburgo. Afortunadamente en la práctica es realmente una especialidad, dado cómo se estructura, por lo general, su servicio y unidades hospitalarias y vista la existencia de una Sociedad española que engloba a estos auténticos especialistas. Es necesario un reconocimiento formal de la especialidad como parece se pretendía con un proyecto de norma en el último trimestre de 2019. Habría que aprovechar el conjunto de decretos leyes que vienen dictándose en estas fechas para incluir el reconocimiento formal, a todos los efectos, de la especialidad de Enfermedades Infecciosas, con la repercusión que ello habrá de tener en la estructuración hospitalaria de los servicios, exámenes y formación de los MIR, etc.

Este reconocimiento formal, con evidentes consecuencias organizativas, de asistencia, formación e investigación, responde no sólo a una realidad asistencial y de investigación, sino que da mas visibilidad, por decir así, a la perspectiva de efectivo servicio público de nuestra sanidad. Cierto es que materialmente la actual y real actividad de asistencia y de investigación en esta especialidad es sumamente potente, con el máximo reconocimiento. Pero es necesaria la existencia de la especialidad de Enfermedades Infecciosas para garantizar la continuidad y la homogeneidad en la formación de dichos especialistas, para que la asistencia clínica, la docencia y la investigación puedan seguir adelante con el rigor y dedicación que ya viene dándose pero un mayor amparo organizativo e institucional, como es común en el resto de Europa.

Volviendo al principio, conviene recordar que la sanidad, como la enseñanza, son servicios públicos centrales. Que en nuestro modelo constitucional, como Estado social y democrático de Derecho, su prestación responde a principios de igualdad y de indudable calidad. Esto no debe olvidarse ni ahora ni después, cuando pase esta crítica situación, teniendo en cuenta el papel de prestación subsidiaria y complementaria que puede tener la actuación privada en estas actividades, siempre que se produzca con el debido control público, pues no cabe olvidar que afectan a derechos fundamentales de los ciudadanos, siendo responsabilidad del Estado su protección y desarrollo.