Opinión

Más allá de toda circunstancia

 ‘Dignitas infinita’ es el título de la última declaración del actual romano pontífice. Se trata de un documento elaborado con diversos borradores durante cinco años, por lo que estamos ante un texto pensado y reflexionado por muchos especialistas en la materia.

Los tres primeros capítulos recogen las bases argumentales de por qué la dignidad humana es, en frase de san Juan Pablo II, ‘infinita’. Y ciertamente es así en cuanto que ninguno de nosotros puede ser sustituido: portamos un valor inconmensurable y, por tanto, irrepetible. Es el factor de existir y haber sido querido, creado y amado por Dios, lo que confiere estatuto ontológico a la dignidad de cada uno. La clausura a la trascendencia tropieza aquí con un importante escollo, como es el de tener que sostener, más allá de toda circunstancia, la dignidad de cada ser humano. Se antoja inviable tal pretensión.

De la dignidad, que es ontológica y que está más allá de cualquier disponibilidad, se suceden los derechos humanos inherentes, que no son una concesión graciosa de la comunidad –de los otros seres humanos- hacia los individuos, sino que está precisamente sustentada por la dignidad de cada ser humano, más allá de toda circunstancia. Dicho de otro modo, no es la ONU quien declara los derechos humanos en 1948; sino que, después del holocausto y del horror de la segunda guerra mundial, la ONU pone blanco sobre negro lo que ya antes sabíamos y nadie medianamente sensato discutía. Viene bien para despertar a algunos dormidos que actúan como melones, con tal grosería y ligereza de cascos, como se registra a veces en actos de xenofobia en algunos estadios de fútbol, por poner un ejemplo próximo.

El mentor de la declaración ha expuesto, en tono divertido, que pensaron llamarla “Más allá de toda circunstancia”, expresión que se recoge en el documento 15 veces; pero obviamente cambiaron de idea. Y todo para poner de manifiesto que la dignidad de cada uno se fundamenta en su propio ser (es ontológica) y no en las circunstancias. No se trata, por tanto, de una dignidad reducible a dignidad moral (capacidad de disponer de libertad autónoma: también los ‘innocents’ tienen dignidad); o dignidad social (también la tienen los que recogen alimentos de un basurero); o existencial (libre de toda perturbación personal, corporal, etc.: los que padecen una enfermedad en extremo limitante también poseen dignidad). Dignidad que, aunque pueda ser conculcada (incluso por uno mismo vendiendo un órgano o disponiendo su cuerpo en la prostitución), permanece válida más allá de toda circunstancia: el ser humano posee una dignidad infinita analógica en su condición de imagen y semejanza de Dios (varón y mujer), que se fundamenta en su propio ser y no en las circunstancias. Es pues, sobre la base del reconocimiento de la dignidad humana como se sostienen los derechos humanos que preceden y sustentan toda convivencia humana civilizada.

El resto de capítulos exponen, sin ánimo de exhaustividad, las distintas situaciones que se dan en el presente, y no invalidan la dignidad de esos seres humanos que está más allá de toda circunstancia.