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El Náutico de Gandia, en manos del Supremo

La Autoridad Portuaria no recurre la sentencia y deja la batalla en manos del club mientras el ayuntamiento pide celeridad

Las instalaciones del Náutico de Gandia, sin el edificio social que ya fue demolido. | LEVANTE-EMV

La Autoridad Portuaria de València (APV) ha decidido finalmente no recurrir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, publicada el pasado mes de mayo, que sitúa a la empresa Alcara Infraestructuras SL a un paso de recibir la concesión para gestionar el puerto deportivo de Gandia, donde se encuentran las instalaciones del Real Club Náutico.

Pero eso no va a suponer el desbloqueo del conflicto, dado que la directiva del Club Náutico, consciente de que la APV no era partidaria de prolongar este proceso en los tribunales, sí ha presentado ante el Supremo un recurso al considerar que es el legítimo adjudicatario de ese espacio para poder administrarlo durante los próximos 25 años.

La situación de este enrevesado proceso administrativo y judicial se queda, por lo tanto, en el enfrentamiento entre Alcara y el Club Náutico, porque los dos interpretan que tienen el derecho concesional para construir los nuevos edificios comerciales y sociales del puerto deportivo y proceder a su gestión.

Lo que se confirma es que Gandia no tendrá las instalaciones acabadas en el periodo que se esperaba. De hecho, el nuevo Náutico ya debería estar con las obras muy avanzadas de no haber sido por el conflicto entre el club social y la empresa privada que optaron a la concesión.

El Ayuntamiento de Gandia, que confiaba en disponer de las instalaciones en esta legislatura y que no tiene competencias sobre ese espacio, sí ha solicitado a la APV que, en la medida que sea posible, agilice la conclusión del trámite y exija el cumplimiento de los plazos, pero ya asume el retraso que se avecina en una obra que consideraba importantísima para potenciar los atractivos de la playa gandiense.

Fuentes de la APV señalan que, en manos de los tribunales, no pueden aportar plazos y que no queda otra que esperar. Primero a si el Supremo acepta el trámite del recurso del Náutico y, si es así, a una sentencia definitiva que puede demorar entre uno y dos años.

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