No se sabe aún si la pandemia del coronavirus que azota el mundo desde hace un año volverá a dejar a la playa de Tavernes de la Valldigna sin sus dos festivales musicales el próximo verano, como ya ocurriera el pasado. Lo que sí que es un hecho es que una sentencia del juzgado contencioso administrativo número 4 de Valencia va a poner muy complicada su organización, al menos en el formato y lugar en que se han venido desarrollando hasta el momento, si no se toman rigurosas medidas para evitar el ruido.

La resolución judicial, fechada el pasado 13 de enero y a la que ha tenido acceso Levante-EMV, admite el recurso presentado por un total de 27 propietarios y propietarias de la playa contra el Ayuntamiento de Tavernes por las molestias que generan en el interior de sus viviendas tanto estos eventos como un chiringuito que se encuentra en el mismo sector que acoge el Iboga Summer Festival y el Mediterránea.

En concreto, la jueza exige al consistorio vallero «cesar en la violación de un derecho fundamental» como es el de la intimidad «tomando para ello las medidas necesarias que garanticen la imposibilidad de más inmisiones acústicas». Es decir, evitar que la música llegue hasta el interior de las casas de los edificios más próximos. La sentencia también condena a la administración vallera a indemnizar con 3.000 euros a cada uno de los demandantes por daño moral, lo que supone un total de 81.000 que saldrán de las arcas públicas.

La mayoría de denunciantes forman parte de la plataforma ciudadana que se creó en 2018 con el objetivo de hacer presión al consistorio para que redujera el impacto sonoro que llegaba a los pisos y que muchos tachaban de «insoportable». Tras varios requerimientos infructuosos de negociar con el Gobierno local, los vecinos y vecinas decidieron llevar el asunto a los tribunales.

Los denunciantes reclamaban judicialmente en defensa del artículo 18 de la Constitución Española porque consideraban «vulnerado» su «derecho fundamental a la intimidad». En su escrito de demanda, los denunciantes aseguraban que el ayuntamiento, durante los últimos cuatro años, venía autorizando la organización de festivales al aire libre en la zona norte de la playa, actividades que causaban «inmisiones acústicas insoportables en las viviendas».

Los demandantes presentaban como prueba las mediciones que una empresa había realizado en algunas de las viviendas, donde se alcanzaron niveles de 84 decibelios por la noche, lo que superaba «en decenas de veces» los límites establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la normativa autonómica y la normativa estatal, según se puede leer en la sentencia.

La magistrada apela directamente al Ayuntamiento de Tavernes, al que considera «responsable» de la situación, ya que «debe impedir dicha vulneración». La jueza considera que las mediciones presentadas por los propietarios «acreditan suficientemente que el funcionamiento de la actividad era causa de inmisiones no tolerables y vulneradoras del derecho a la intimidad».

El escrito judicial también acusa al consistorio de responder «por medio del silencio» a las reclamaciones realizadas durante varios años por los propietarios de las viviendas colindantes a la zona de conciertos y habla de «inactividad municipal» a la hora de poner coto a las prácticas que causan molestias a los vecinos y las vecinas.

La sentencia no anula directamente la celebración de los festivales ni el cierre del chiringuito, pero insta al consistorio a tomar medidas que eviten que el ruido llegue hasta las viviendas, lo que hace complicado que estos eventos musicales se puedan desarrollar como lo hacían hasta sus últimas ediciones, en el verano del 2019.

Los afectados, preguntados por este periódico, han declinado hacer declaraciones al respecto a la espera de que la resolución sea firme, toda vez que el consistorio dispone ahora de quince días para poder recurrir la decisión judicial.