La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a 33 años de prisión al hombre que violó y asesinó a una mujer de 75 años en Xàtiva en febrero de 2017. El fallo, basado en el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, establece también su internamiento en un centro psiquiátrico por un tiempo no superior al de la condena tras apreciar en el acusado la circunstancia eximente incompleta de alteración psíquica.

Los hechos que reconoció íntegramente el acusado en la primera sesión del juicio, tal y como informó en exclusiva Levante-EMV, ocurrieron el 10 de febrero de 2017 cuando el ahora condenado se presentó en el domicilio de la víctima, en el centro de Xàtiva, y comenzó a llamar insistentemente a su puerta. La septuagenaria, que lo conocía previamente porque era vecino del mismo municipio, le permitió entrar.

Cuando ambos se encontraban en el dormitorio de ella, el acusado comenzó a golpearla con la varilla de una percha de madera, según los hechos que han quedado probados. Así, la víctima cayó aturdida al suelo y continuó recibiendo golpes por todo el cuerpo con el mismo objeto. El agresor llegó a introducirle un trozo de la percha por la vagina y el ano, según recoge la sentencia difundida por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Finalmente, cuando la mujer se hallaba inconsciente y sin posibilidad alguna de defenderse, le metió el fragmento de percha en la boca y le causó así la muerte por asfixia.

El magistrado que presidió el tribunal del jurado considera al acusado autor de los delitos de asesinato y agresión sexual, aunque aprecia en su conducta la circunstancia eximente incompleta de alteración psíquica, ya que en el momento de los hechos sufría un "retraso mental moderado desde hacía años que afectaba a sus facultades intelectivas y volitivas de forma leve-moderada, pero sin anular las mismas".

La Audiencia lo condena a una pena de 23 años de prisión por el delito de asesinato y a diez años más por el delito de agresión sexual, en ambos casos con una medida de internamiento para tratamiento médico en un establecimiento adecuado al tipo de anomalía o alteración psíquica que padece por tiempo no superior a dicha condena. Asimismo el condenado deberá indemnizar con 180.000 euros a los familiares de la fallecida y participar, tras el cumplimiento de las penas privativas de libertad, en un programa formativo de educación sexual.