El 29 de mayo de 2004 el cadáver de Juan Pablo Langa, alias ‘Tejo’, un vecino de Nàquera de 25 años, era encontrado carbonizado y con un tiro en la cabeza en un descampado de Bonrepòs i Mirambell. Trece años después del crimen, uno de sus presuntos asesinos se presentó espontáneamente ante las autoridades para confesar su crimen e inculpó a otros tres amigos en el asesinato y en el robo de 3.000 euros y drogas. Pese a haber ratificado su confesión bajo la asistencia de letrado al ser puesto a disposición judicial, y también en fase de instrucción, posteriormente en el juicio celebrado ante un jurado popular, José Ángel P., alias ‘Wiz’, se retractó, negó los hechos y se limitó a justificar que había incriminado al resto de los procesados por «venganza». Los cuatro fueron absueltos en un polémico y sorprendente veredicto del jurado.

Ahora, cuando ya han transcurrido más de 17 años desde que se cometió el crimen, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha estimado el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal y declara nula dicha sentencia de la Audiencia Provincial. Así, ordena retrotraer las actuaciones y celebrar un nuevo juicio —con la previa selección de otro jurado popular—, pero en el que únicamente se juzgará al acusado que confesó el crimen en su día por los delitos de asesinato y detención ilegal en concurso con el delito de robo con violencia.

Se mantiene y se declara firme por tanto la absolución de los otros tres acusados, que se enfrentaban inicialmente a penas entre 23 y 25 años de cárcel, entre ellos el presunto autor material del disparo efectuado en la cabeza «a quemarropa o a muy corta distancia», según dictaminaron los médicos forenses.

La sentencia de la Audiencia Provincial consideró probado que José Ángel P. «consciente de que adeudaba al ‘Tejo’ una importante cantidad de dinero derivada del tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, ideó un plan para apoderarse del dinero y drogas que éste pudiera ocultar en su domicilio». Así consta como probado por el jurado que la tarde del 28 de mayo de 2004 quedó con la víctima en un aparcamiento de la calle Periodista Gil Sumbiela de València y ambos se desplazaron en la motocicleta del fallecido hasta un piso de calle Emili Camps i Gallego del que éste disponía —probado por testigos—.

Asimismo quedó demostrado que sobre las ocho de la tarde de ese mismo día se presentó en la vivienda otro de los acusados, Miguel Ángel C. M., alias ‘Flay’, y que de madrugada uno y otro se desplazaron al domicilio del ‘Tejo’, «haciendo uso de las llaves que le habían arrebatado», y se apoderaron de las sustancias estupefacientes que había en diversas estancias de la vivienda y de 3.000 euros en metálico. Todo ello apenas unas horas antes de que el cadáver de Juan Pablo Langa fuera encontrado carbonizado y con un tiro en la cabeza en un descampado de Bonrepòs i Mirambell.

Pese a la confesión inicial de uno de los acusados, haber considerado probados hechos que acreditarían realmente los delitos de robo con violencia y la detención ilegal, así como otros claros indicios como que la moto del fallecido fuera localizada precisamente en el garaje del domicilio donde le «arrebataron las llaves de su piso» —no dieron una explicación lógica de por qué el ‘Tejo’, hallado muerto de un tiro esa misma mañana, se habría marchado del piso con vida dejando su moto allí—, el jurado entendió que ninguno de los cuatro procesados era culpable del asesinato ni de ninguno de los otros delitos, dando como mera motivación que «no hay suficientes elementos externos que lo corroboren».

Un veredicto «irrazonable»

El Ministerio Fiscal recurrió el fallo al considerar «insuficiente la motivación del veredicto» al calificarla de «irrazonable y arbitraria» en lo que se refiere a la no culpabilidad de José Ángel P. T. en su implicación en el asesinato, la detención ilegal y el robo con violencia. Al recurso del fiscal se adhirieron las acusaciones particulares, ejercidas por los letrados Javier Gimeno y Enrique López. En el recurso, estimado ahora por el TSJCV, se argumenta que no se aclaran los motivos por los que los miembros del Jurado descartaron la propia confesión sumarial de José Ángel P. «Resulta llamativo el hecho de que el jurado silencie de forma absoluta y, no haga mención alguna en su veredicto, al valor probatorio o la credibilidad de las declaraciones sumariales prestadas por el acusado que fueron amplio objeto de debate durante el juicio oral», y en las que además se acreditan otros hechos sí declarados probados por este mismo tribunal popular.