La sentencia recoge un conjunto de indicios que la Sala considera probatorios contra Juan Soler. Entre ellos, que tiene un «crédito millonario» frente a Soriano que no ha podido cobrar al no tener este último bienes en España para hacer frente al pago, que encargó un informe a una agencia de detectives para que averiguaran si Soriano tenía bienes en el extranjero, y que aceptó reunirse con Rachid, un «peligroso delincuente con antecedentes».

Asimismo, remarca que Soler no acude a la Policía cuando Rachid le propone cometer el secuestro y el robo en casa de Soriano, y tampoco lo hace una vez conocidos sus antecedentes penales y pese a «haber sido supuestamente amenazado o extorsionado» por este. De hecho, le entrega las llaves de un piso en el que podría haber cumplido con el cometido encargado.

Además, Soler es observado por agentes de la Policía en «actitud vigilante» hacia la vivienda de Soriano. De igual modo en la grabación de Rachid no se aprecia «ningún miedo» por parte de Soler e incluso el expresidente valencianista «alude al lugar donde podría guardarse el dinero procedente del robo y a circunstancias relacionadas con el secuestro».