Levante-EMV, Valencia

El Ministerio de Hacienda ha advertido a los ayuntamientos, según informaba en su edición de ayer Expansión, que el agua potable debe cobrarse como tasa -que sólo repercute el coste del servicio sin margen de beneficio- y no precio público, como ocurre en muchos municipios, entre ellos Valencia. La delegada del Ciclo Integral del Agua, Mª Ángels Ramón-Llin, aseguró que no tiene ningún requerimiento al respecto y defendió que, en el caso de Valencia, las circunstancias son diferentes ya que la empresa que gestiona el suministro es mixta, con participación en un 20% de la administración municipal.

Según el citado rotativo, la Dirección General de Tributos (DGT) establece que los municipios tienen que ajustar el cobro del servicio al coste -infraestructuras, personal y reparaciones- pero no incluir el margen de beneficio, incluso aunque se preste en régimen de concesión o gestión indirecta. El Tribunal Constitucional ya sentenció en su día contra el abuso del "vicio legal" de utilizar los precios públicos para obtener recursos financieros. La Dirección General de Tributos ha respondido a un ayuntamiento que planteó cuál era "la naturaleza jurídica de la contraprestación que se exige por la prestación del servicio de suministro de agua". En este caso, el ayuntamiento en cuestión tenía establecida una concesión administrativa.

A esto se acoge el gobierno local del Ayuntamiento de Valencia para marcar distancias: la empresa Emivasa está participada por Aguas de Valencia y por la propia administración local, que convocó un concurso para encontrar socio lo que hace, según la delegada, que no se trate de una concesionaria.

Para Ramón-Llin, así las cosas son diferentes, tanto a la hora de girar los recibos como de cobrarlos. Porque la Dirección General de Tributos también cuestiona dónde se ingresa el dinero de los contribuyentes y usuarios. "Las tasas recaudadas -apunta- han de ingresarse por su importe total en las arcas municipales y ello con independencia de que se hayan utilizado sistemas de gestión directa o indirecta. En este último supuesto, la remuneración que se establezca a terceros, cuestión ajena a la relación tributaria entre el municipio y el usuario del servicio, habrá de hacerse con cargo a los presupuestos municipales".

El recibo del agua potable de Valencia lo gira y lo cobra Emivasa y posteriormente reparte los distintos cánones a cada organismo correspondiente. En cualquier caso, la concejala popular dice no tener reclamación alguna de Hacienda ni de particulares, como al parecer sí ocurre en otros municipios. Además, recordó que los servicios jurídicos avalaron la operación.