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El ayuntamiento activa la edificación forzosa de casi un centenar de solares ruinosos

El objetivo es que se edifiquen los solares abandonados que degradan el paisaje urbano

El Ayuntamiento de València, a través de la Concejalía de Desarrollo Urbano, ha puesto en funcionamiento la nueva web del Registro de Solares, bajo la premisa del servicio a la ciudadanía y la transparencia. Tal como ha explicado el concejal Vicent Sarrià, esta nueva herramienta permite a las personas interesadas acceder de manera sencilla y rápida a los datos que contiene el libro del Registro de Solares, al mapa de geolocalización, y a los criterios que determina la legislación vigente, entre otros aspectos.

En la actualidad hay alrededor de 31 expedientes pendientes de inicio de tramitación, es decir, al comienzo de todo el itinerario que puede culminar con su inscripción en el régimen de edificación forzosa. Hay otras 31 órdenes de edificación previas por razones diversas; 3 declaraciones directas a instancias de parte y cumplimiento del deber de edificar; y 9 solicitudes de licencia producto de procedimientos iniciados anteriormente. En total, hay 21 solares o edificios declarados en régimen de edificación forzosa, de los que 16 están en Ciutat Vella y, de ellos, 12 han iniciado ya actuaciones a través de Programas de Actuación Aislada, PAI.

El Registro Municipal de Solares y Edificios a Rehabilitar (RMSER) es un registro público municipal de carácter administrativo, constituido por todos aquellos inmuebles, tanto solares como edificios, que hayan sido previamente incluidos en él por resolución administrativa dictada por el órgano municipal competente. Hasta ahora, su consulta y acceso se tenía que efectuar de manera personal en las dependencias municipales, en formato papel.

A partir de ahora, en la dirección www.valencia.es/rmser se ofrece toda la información del citado registro y sus fichas individualizadas, de una manera pormenorizada, geolocalizada y totalmente accesible. Tal como ha explicado el concejal, la web permitirá conocer qué es el registro de solares, ver el contenido del libro, acceder al mapa en el que constan los solares (identificando si tienen orden de edificación, si han solicitado licencia o si están en régimen de edificación forzosa); y conocer los ámbitos territoriales en los que ha sido declarada prioritaria la edificación, conocer los criterios materiales que exigen la edificación o rehabilitación.

«Es sobradamente conocido que en determinadas áreas de la ciudad, en algunas increíblemente durante años, se ha perpetuado la existencia de solares, lo que tiene efectos sobre la estética urbana, pero también supone una pérdida de la oportunidad de construir viviendas y contribuir a la oferta inmobiliaria, y a mejorar la salubridad urbana», ha explicado Sarrià, quien ha añadido que con esta herramienta «se previene que se retengan solares con ánimo especulativo o se abandone la conservación de edificios protegidos ».

El RMSER recoge dos categorías de bienes: aquellos sobre los que existe una orden de edificación en vigor, y aquellos que se encuentran en Régimen de Edificación o Rehabilitación forzosa. Son dos categorías completamente distintas dado que en el primer caso, la orden en vigor implica que todavía no hay un incumplimiento por parte del propietario y que éste tiene todavía plazo para cumplir el deber de edificar, para lo que debe solicitar licencia. Mientras que el segundo caso refleja incumplimiento de deberes urbanísticos, lo que puede implicar la sustitución del propietario por otro agente edificador o rehabilitador, o incluso la expropiación o la venta forzosa. Se trata, pues, de un mecanismo jurídico cuya la función es garantizar que un propietario cumpla sus deberes urbanísticos de edificación y conservación, con la mirada puesta en evitar fenómenos especulativos de retención de suelo, así como en revitalizar zonas urbanas.

La reactivación del registro ha tenido hasta ahora un efecto preventivo (personas que solicitan licencia de forma previa a cualquier actuación municipal al conocer que están dentro de los criterios en los que el Ayuntamiento considera prioritaria la actuación); y un efecto de fomento (quienes solicitan licencia como consecuencia de la orden que les dicta la administración). Y a todo ello, se suma un tercer efecto de activación económica, al ponerse en circulación en el mercado inmobiliario muchos solares antes parados en manos de particulares o bancos.

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