La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de València va a aprobar este viernes el proyecto de la nueva ordenanza de protección contra la contaminación acústica de la ciudad, una norma largamente reivindicada por la Federación de Asociaciones de Vecinos y colectivos como los vecinos de Honduras, Blasco Ibáñez o El Carmen, que han protestado de forma reiterada por las molestias que causan diversas actividades privadas o públicas, que se desarrollan en los espacios urbanos, y que perturban el descanso de los residentes. Una vez aprobado en Junta de Gobierno este borrador se enviará al registro de pleno y continuará su tramitación administrativa. La concejalía de Calidad Acústica y del Aire, que dirige Giuseppe Grezzi, impulsa esta nueva reglamentación.

Entre otros aspectos, esta nueva ordenanza -que sustituirá a la de 2008- prohíbe que haya pubs con música a menos de 65 metros y obliga a que haya 30 metros de distancia entre los nuevos locales de ocio que no utilizan ambientación musical; además prohíbe que los bañistas y los usuarios de las playas puedan tomar el sol oyendo música o tocando un instrumento; y fija nuevas normas por el ruido que provocan los clientes de las terrazas y para la apertura de nuevos locales. Además esta nueva norma dedica todo un título muy completo a regular los horarios de las campanadas y de los relojes históricos, porque en los últimos años se han recibido muchas quejas por estos dispositivos.

Respecto a las zonas de ocio, el artículo 60 fija limitaciones en cuanto a distancias entre establecimientos y trata de poner coto a nuevas zonas de copas. Así, el apartado 1, señala que en zonas “de uso dominante residencial y a fin de evitar efectos acumulativos, no se autorizará la implantación de actividades sin ambientación musical” si no se ubican a una distancia de 30 metros. Además, en el apartado 2 se especifica que para las actividades con ambientación musical, se exigirá una distancia mínima de 65 metros, contados desde cualquiera de las puertas de acceso. El artículo 61 también abre la posibilidad a que el ayuntamiento cree zonas de ocio en algún punto de la ciudad, pero excluidas de usos residenciales, educativos o sanitarios.

Los niveles sonoros en las playas

Asimismo, el artículo 45 determina los “Niveles sonoros en las playas”. Así, el apartado 1 dice: “No se permite la música de equipos de reproducción sonora, instrumentos musicales, de percusión o similares, excepto los indicados en el apartado 4 de este artículo”. A su vez, el apartado 4 puntualiza: “Los establecimientos de venta de bebidas y alimentos podrán disponer de ambientación musical siempre que dispongan de la correspondiente autorización”. Por tanto no se podrá estar en la playa tomando el sol con equipos de reproducción de música.

Restricciones horarias por molestias acústicas a locales

En cuanto a las molestias que puedan causar los clientes de las terrazas de los locales de hostelería, el artículo 53 habilita al Ayuntamiento de València reducir una hora o dos incluso el horario de apertura al público en aquellos locales que causen molestias acústicas a sus vecinos. Así este artículo habla de “Restricciones horarias por molestias acústicas”. Y en el apartado 1 expresa: “En el supuesto de que con motivo de la instalación de mesas y sillas sean presentadas ante el Ayuntamiento denuncias y consecuencia de su tramitación haya recaído sanción firme en vía administrativa, por molestias acústicas derivadas de estas, siempre que a raíz de cada denuncia la Policía Local se constate y acredite en su acta que la actividad de la terraza causa la injerencia acústica denunciada, el Ayuntamiento podrá imponer medidas correctoras para garantizar el derecho de las vecinas y los vecinos al descanso, consistentes en la reducción del horario autorizado para la instalación de las mesas y sillas en una hora y durante un año. Esta reducción horaria irá asociada al establecimiento, con independencia que se produzcan cambios en la titularidad de este”. Más adelante, en caso de que el establecimiento persista en generar contaminación acústica y no ponga soluciones, se podrá sancionar al local con dos horas de reducción horaria.

El Ayuntamiento de València podrá imponer medidas correctoras para garantizar el derecho de las vecinas y los vecinos al descanso, consistentes en la reducción del horario autorizado para la instalación de las mesas y sillas en una hora y durante un año.

El texto de la Ordenanza se aprobará este viernes en Junta de Gobierno Local, tras lo cual se entrará en una fase de recepción de las aportaciones de los diferentes grupos municipales. Con ellas pasaría de nuevo por JGL (en caso de introducirse alguna aportación), antes de su paso por la comisión de Ecología Urbana, su posterior aprobación en el Pleno, una última fase de exposición pública de un mes, y la aprobación definitiva en el Pleno (si hubiera alegaciones). En su elaboración han trabajado una decena de servicios del ayuntamiento, entre ellos, Licencias Urbanísticas, Policía Local, Procedimiento Sancionador, Devesa- Albufera, Dominio Público y Movilidad.