Dice la Constitución que todos somos inocentes mientras no se demuestre lo contrario. Para la AEAT parece que es al revés y nos insta a demostrar nuestra inocencia a través de requerimientos para que presentemos documentación que avale dicha inocencia. Y ahí está el error de Abelardo Martínez y el de todos los que nos apresuramos a presentar un montón de documentos que obran ya en manos de la Agencia.

Nos comunica la AEAT que la deducción practicada por adquisición de la vivienda habitual es incorrecta porque consumimos menos de 600 KW persona/ año, por lo tanto no vivimos en dicha vivienda más de 6 meses al año. Lo cual no deja de ser una afirmación gratuita, rozando la prevaricación, y que un juez dejaría sin efecto al no estar contemplada en la Ley del IRPF, que no dice nada de consumos, faltaría más. Las compañías eléctricas deben estar contentísimas con dicho argumento. Cuánta razón tienes Paco Cerdà€ Si Kafka levantase la cabeza€ mejor que no se entere. Carpe Diem. José Farga Balaguer. València.