La Audiencia de Castelló ha dictado una sentencia que puede sentar jurisprudencia y que va a significar el derribo de una vivienda en 2006 en el marjal de Nules. Además, sanciona con 6 meses de prisión a la propietaria de la parcela por un delito de ordenación contra el territorio al construir en zona húmeda protegida. La condenada es una anciana de 77 años. La Audiencia desestima el recurso de apelación interpuesto por la anciana ante la sentencia condenatoria que ya emitió el juzgado de lo penal número 2 de Castelló.

En la sentencia, ahora ratificada por la Audiencia, se condenaba a la anciana a la pena de prisión e inhabilitación para votar durante medio año, así como a pagar una multa de doce meses con una cuota diaria de ocho euros, al igual que a la inhabilitación especial para la promoción de viviendas durante un año. También se condena a proceder a la demolición de la edificación y a todos los costes. La propietaria debe pagar las costas del recurso de alzada, y se le informa de que no cabe recurso contra la sentencia.

En el fallo emitido el 5 de diciembre de 2011 por la Sección Segunda de la Audiencia de Castelló, se constata que la condenada tiene una parcela en la partida "Andana Gavara", adquirida en 2003, y que promovió en 2006 la construcción de una edificación de planta baja con una superficie de 41 metros cuadrados con un porche anexo de 17 y colocando a lo largo de la parcela un vallado.

Así en la resolución judicial se especifica que la propietaria de la parcela y posterior edificación "no solicitó previamente licencia al Ayuntamiento de Nules" y, además, se señala que en ningún caso se hubiera podido conceder pues la parcela se incluye dentro del suelo no urbanizable común del PGOU de Nules, además de la Marjal Nules-Burriana, incluida en el Catálogo de Zonas Húmedas de la Comunitat Valenciana.

La defensa alegó que no tenía conocimiento de que "la zona tuviese una especial catalogación y especial protección", pues existen cerca de 600 viviendas por lo que "hace deducir que la recurrente desconociese que en esa zona resultara imposible construir una edificación", además de apuntar que así había sido la forma de actuar de los vecinos de parcela. También pidió que se tuviera en cuenta la avanzada edad de la propietaria y que era lega en derecho, así como que el uso era pasar allí algunas tardes con su hermana enferma de alzheimer.

En este caso el tribunal duda de que no supiera donde construía, pues la acusada conocía que el lugar donde realizó la obra está enclavado en la marjal de Nules, zona húmeda de especial valor ecológico.

Además, la defensa dijo que la administración formuló un expediente contra la propietaria, pero que caducó. En este sentido los magistrados opinan que el hecho de que concluyera no es óbice para que "se siguiera procedimiento penal por delito contra la ordenación del territorio".