El Consejo de Ministros acordó ayer interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Ordenación y Gestión de la Función Pública de la Generalitat al considerar que vulnera la normativa estatal sobre empleados públicos y el régimen económico de la Seguridad Social. En concreto, el Gobierno, con el informe favorable del Consejo de Estado, estima que la norma valenciana, que entró en vigor hace unos meses, contraviene la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) al ampliar los supuestos de excedencia para los funcionarios valencianos y atribuirles efectos económicos en materia de Seguridad Social.

El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, solicitará al TC que anule el artículo de la ley valenciana que amplia los supuestos en los que un empleado público puede pedir una excedencia de hasta tres años para el cuidado de terceros. La normativa estatal regula esta situación para cuidar a los hijos o atender a una familiar a su cago hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que no pueda valerse por sí mismo. La Generalitat amplió este derecho a los casos en los que la persona que necesitara el cuidado y la atención fuera el cónyuge o la pareja de hecho del empleado. Añadía que en todos los casos, el tiempo de permanencia en excedencia sería computable "a efectos de antigüedad, promoción profesional y derechos en e Régimen de Seguridad Social que les sea aplicable".

A propuesta del vicepresidente tercero del Gobierno, Manuel Chaves, el Ejecutivo solicitó un dictamen al Consejo del Estado al entender que los incisos relativos a "cónyuge o pareja de hecho legalmente constituida" eran contrarios al orden constitucional. El órgano estatal consultivo da la razón al Gobierno central al entender la Generalitat carece de competencias estatutarias para alterar el régimen estatutario de los funcionarios públicos. Recuerda que el EBEP no contempla los supuestos relativos a los cónyuges y parejas de hecho, por lo que la ampliación de derechos recogido en la ley valenciana no constituye "un ejercicio legítimo de desarrollo legislativo por parte de la Comunitat Valenciana". Además, añade que el reconocimiento del tiempo de excedencia de los funcionarios como "asimilado al alta de la Seguridad Social" rompe con la unidad de regulación jurídica y de régimen económico del sistema de Seguridad Social.

El Consejo de Estado cita jurisprudencia del Tribunal Constitucional que avala que la regulación de situaciones administrativas de los funcionarios forma parte de las materias reservadas a regulación básica por el legislador estatal.

El plazo expiraba ayer

Cabe apuntar que el plazo para la interposición del recurso finalizaba ayer, por lo que el Consejo de Ministros apuró hasta el último día para dar un paso que aumentará el abultado listado de agravios que el Consell echa en cara el Ejecutivo de Zapatero.

El Gobierno valenciano emitió una nota de prensa para afirmar que Madrid "pretende recortar con sus políticas los derechos sociales de los empleados públicos de la Comunitat Valenciana". Con todo, no fue contundente respecto a si litigará para mantener intacta una ley que fue pactada con los sindicatos mayoritarios en la función pública. De momento, una vez se presente el recurso, estudiará personarse como parte legitimada, para "defender su posición e intereses ante el Tribunal Constitucional".