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El TSJ convocará al pleno de la sala de contencioso para resolver las contradicciones en dependencia

El presidente prevé reunir a los 24 magistrados para unificar los criterios divergentes entre las secciones cuarta y quinta

El magistrado Mariano Ferrando. josé aleixandre

Los dependientes valencianos están de enhorabuena. El presidente de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano, Mariano Ferrando, prevé convocar a los 24 magistrados del pleno para resolver las contradicciones en las diferentes sentencias sobre los casos de dependencia emitidas por las secciones cuarta y quinta de sus tribunales, según confirmaron ayer fuentes del TSJ. El tribunal reconoce que han existido las divergencias en los fallos de la misma sala que ha venido revelando Levante-EMV en las últimas semanas, aunque los considera «habituales». «La ley prevé recursos para solucionar estas situaciones», aseguraron las mismas fuentes.

Este periódico ha venido contando que las secciones cuarta y quinta de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJ están fallando de manera diferente en casos similares que afectan a los dependientes. La sección cuarta está dando la razón a los demandantes, ya que reconoce a sus herederos el cobro de la prestación de sus familiares que no pudieron percibir porque fallecieron antes de que la Conselleria de Bienestar Social les reconociera el derecho. Este tribunal responsabiliza a la conselleria de los retrasos y la condena por responsabilidad patrimonial a indemnizar a los herederos, que pueden presentar las alegaciones en cualquier momento del proceso.

Por su parte, la sala quinta deniega la indemnización a los herederos de los dependientes, primero porque no alegaron responsabilidad patrimonial y, segundo, tras presentar este argumento por los perjuicios generados por la conselleria, por defectos de forma. Así, este tribunal considera que la responsabilidad patrimonial se debe exigir en el momento de presentar la demanda, mientras que la sección cuarta defiende que se puede plantear en cualquier momento del proceso, incluso en las conclusiones o la vista oral.

La polémica saltó al contar este periódico que los casos de dependencia pasaron de la sala cuarta, que daba la razón a los herederos de los dependientes, a la sala quinta, que se la otorgaba a la Conselleria de Bienestar Social. Desde el TSJ explicaron que el cambio de reparto de los temas desde el día 1 de enero de 2014 se hizo por motivos de funcionalidad y que no existe ninguna otra razón. Las mismas fuentes argumentaron que, cuando se le pasó la materia de la dependencia a la quinta, se le trasladó un juez de refuerzo desde la segunda. «A la cuarta se le pasaron temas de tributario que llevaban otros tribunales», puntualizaron.

Según las mismas fuentes, el presidente de la sala de lo contencioso-administrativo ha estado estudiando las diferentes posibilidades que tenía para resolver las contradicciones entre sus secciones y la que más se ajusta a las necesidades es convocar el pleno de la sala para que los 24 magistrados unifiquen criterios. Se trata, añadieron, de un tema habitual que ha solucionado problemas de divergencias en temas tan peliagudos como el teatro romano de Sagunto o El Cabanyal. Es frecuente que se reúnan para abordar y fijar jurisprudencia en materia de legislación urbanística.

El presidente de la sala descartó otras medidas para la unificación de criterios porque no se ajustan a los casos denunciados por Levante-EMV. Se trata del recurso de casación al Tribunal Supremo, donde las indemnizaciones deben superar los 30.000 euros, y el recurso de casación de interés de ley. En ambos casos debían ser los demandantes los que ejercieran la petición, con el correspondiente gasto en abogados. Con la reunión del pleno de la sala se resolverán las contradicciones y los dependientes ganarán en seguridad jurídica.

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