Más de una década después, un paciente del Hospital de Sagunt ha visto reconocido su derecho a percibir una indemnización de 300.000 euros, que la Conselleria de Sanidad había fijado en 18.000, cuantía que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana ratificó en primera instancia. Tras la apelación, el Tribunal Supremo anuló el fallo y dio la razón al afectado, aunque solo en parte, porque reclamaba casi 2 millones de euros al quedar parapléjico tras ser operado de la pierna.

Los hechos se remontan a mayo de 2003, cuando el hombre de 30 años, casado y con un hijo pasó por el quirófano para reconstruir el ligamento cruzado anterior de la rodilla derecha. La cirugía requirió anestesia epidural a nivel lumbar y se resolvió sin aparentes complicaciones, hasta el punto que el paciente recibió el alta tres días después. Dos más tarde, ya en su casa, el afectado se quejó de dolor en la zona de inyección y tanto hormigueo como adormecimiento en las piernas, síntomas que fueron empeorando hasta advertir déficit motor y sensitivo, según se reconoce en ambas sentencias.

Fue en el servicio de neurología, cuando, casi un mes después de la intervención quirúrgica, se le diagnosticó la existencia de aracnoiditis crónica adhesiva, una inflamación de las membranas que protegen los nervios de la médula espinal, con la paraplejía como principal secuela, que se tradujo en el reconocimiento administrativo de la condición del afectado como gran inválido.

A partir de ahí se inició una «intensa lucha» por «conseguir un pronunciamiento justo», como reconoce su abogado Vicente Vicente Añó, que la Conselleria de Sanidad fijó, ya en 2009, en 18.000 euros por la ausencia del consentimiento informado escrito, al considerar que la actuación médica resultó «ajustada a las prácticas aceptadas como adecuadas», según reflejó también la inspección médica que estudió el caso.

Aunque durante ese primer juicio se apuntó la posibilidad de que la aracnoiditis se debiera al «arrastre de material de los guantes estériles», el TSJ dio más valor a los testimonios de que se trató de «una complicación anestésica sin mala praxis» que derivó en «un proceso imprevisible e inherente a la anestesia regional, que no pudo evitarse pese a la utilización de las medidas y las precauciones habituales».

Ante estos argumentos desestimatorios del TSJ por la falta de irregularidades en la actuación médica y porque la reclamación se centraba en los daños tanto físicos como morales, no en la ausencia de consentimiento escrito, el recurso ante el Supremo se basó en que en primera instancia no se cuantificó la indemnización por no ofrecer la valoración de riesgos, un paso que, según la defensa del afectado, ya suponía una infracción. En esta línea, la apelación consideraba «incongruente» el primer fallo por no justificar los 18.000 euros fijados como compensación.

El alto tribunal asegura en su resolución que «no cabe analizar la eventual negligencia en el acto médico, pues el recurrente en casación no efectúa alegación alguna sobre esta circunstancia», así que se centra en la falta de ese consentimiento escrito, sobre el que descarta los argumentos de que la aracnoiditis es un riesgo «atípico, absolutamente infrecuente y extremadamente raro», motivo por el cual «no existía la obligación de información, debiendo soportar el paciente el perjuicio causado».

Frente a esta justificación, el Supremo considera que la admisión por parte de Sanidad de la falta de información centra la cuestión en la determinación del alcance de esa omisión al admitirse también que las secuelas tienen relación directa con la operación.

Disfunción eréctil severa

Además de justificar la indemnización de 300.000 euros porque es lo que reclamó el afectado por la falta de consentimiento escrito, el Supremo descarta alcanzar los 2 millones de euros, ya que «algunos de los conceptos que se incluían como secuelas indemnizables por el actor no han sido ni siquiera mínimamente constatados, como los que se refieren al daño moral por la disfunción eréctil severa y que perjudicaría moralmente a su esposa o resultan una pura duplicación del daño moral derivado de la patología que padece el actor, como aquellas que se asocian a la imposibilidad de desarrollar sus actividades deportivas o su participación como miembro activo de una asociación de ayuda en carretera».