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Nueva legislación de Enjuiciamiento Criminal

Una ley que obliga a revisar 51.000 casos

Jueces y fiscales critican las prisas del Gobierno del PP en aplicar la nueva norma y alertan de que la «ley de punto final» puede dar carpetazo a los actuales casos de corrupción

Una ley que obliga a revisar 51.000 casos

En pleno 2015, una de las leyes que persigue y castiga a los delincuentes en España es de 1882. Parece una broma, pero no lo es. La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) que está en vigor en la actualidad, se aprobó en un Real Decreto del 14 de septiembre de 1882, y se empezó a aplicar el 3 de octubre de 1883.

El próximo 6 de diciembre entrarán en vigor las novedades de esta ley, que cambia 13 artículos, añade dos títulos y disposiciones adicionales, y suprime un artículo. Así, por primera vez existe una normativa que regula las escuchas telefónicas y el acceso a los mensajes de WhatsApp; también da instrucciones para el decomiso; sustituye la palabra «imputado» por «investigado» o «encausado», y especifica el respeto por el derecho a la imagen y honor de los detenidos. Pero la medida más criticada es la de limitar la investigación de los procedimientos: solo a seis meses si la causa es tildada de «sencilla» desde el principio; o 18 meses si se califica de «compleja».

Jueces y fiscales ya se han mostrado en contra porque, como se puede leer en la modificación, «las medidas incluidas en esta norma no podrán suponer incremento de dotaciones de personal, ni de retribuciones, ni de otros gastos de personal».

De este modo, a la saturación de los juzgados, que ha sido denunciada en varias ocasiones, se suman estos plazos y, además, la ley afectará a todos los casos ya abiertos, que deberán revisarse en diciembre, uno a uno, para decidir si son «sencillos» y podrían resolverse, o si son complejos y es necesario pedir una prórroga.

Fuentes del CSIF-CV calculan que se verán afectadas unas 25.000 causas en la provincia de Valencia (5.670 solo en la capital), 17.000 en Alicante, y 9.450 en Castelló; en total más de 51.400 casos en toda la C. Valenciana, y 700.000 en España, según apuntan los fiscales. Esto generará «un caos» y «paralizará los juzgados», según el sindicato.

Joaquim Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia, reconoce que los procesos penales duran demasiado en España, pero opina que la solución «no es decretarlo por ley». «Los juzgados trabajan al doble de su capacidad, esa sobrecarga tan importante demora el procedimiento», explica Bosch, por lo que los jueces piden «la suspensión de la entrada en vigor hasta que los juzgados tengan medios». El portavoz tacha la ley de «tremendamente equivocada», por la limitación de los plazos de instrucción. Otra novedad es que en caso de necesitar prórroga, la debe pedir el fiscal, aunque sea el juez quien esté llevando la instrucción.

Álvaro García, presidente de la Unión Progresista de Fiscales, afirma que la ley «no encaja en el sistema procesal español», un sistema que se verá «distorsionado», y habla de la «imposibilidad» de ejecutarla, por lo que también piden al ministerio su aplazamiento y más tiempo para organizarse.

Casos de corrupción afectados

En la actualidad en España hay abiertos 2.000 procedimientos por corrupción, lo que la convierte en el estado con menos jueces de Europa y más causas por corrupción. «Si en 18 meses se hubieran cerrado casos como Gürtel, Urdangarín o los ERE, poco sabríamos», sentencia Joaquim Bosch, que añade que la implantación de esta ley «es especialmente preocupante para los temas de corrupción», ya que «previsiblemente habrá impunidad».

Además, afirma que si se cierran las investigaciones en 18 meses, no habrán pruebas y los procedimientos se tendrán que archivar, o se realizarán los juicios con material insuficiente. También cree que el Gobierno de Mariano Rajoy «ha tenido mucha prisa» en implantarla antes de elecciones.

Por su parte, Álvaro García califica la puesta en funcionamiento «tan temprana» „2 meses después de la publicación en el BOE„ de «anormal», ya que leyes de esta complejidad suelen hacerlo entre 6 meses o un año después, y explica que «la prisa que ha tenido el Gobierno en implantarla ha encendido todas las alarmas».

Además de muchos otros casos, García también asevera que los relacionados con corrupción se verán afectados, ya que suelen ser «causas complejas», en las que por ejemplo, hay que pedir comisiones rogatorias al extranjero, un trámite que tarda. En la misma línea se manifiesta el juez Bosch, quien explica que la saturación de los juzgados valencianos es tal que «ya se cita a declarar a seis meses»; las pruebas de ADN y de caligrafía tardan 1 año, y las informáticas, dos.

Proposición del PSPV en las Corts

Los procedimientos de Gürtel, Crespo, Brugal, Imelsa o Terra Mítica podrían verse afectados por la implantación de esta ley, apunta Rosa Peris, diputada y portavoz adjunta del PSPV en las Corts. El grupo socialista ha presentado una Proposición No de Ley en la cámara valenciana, en la que piden que se pare la entrada en vigor hasta que la fiscalía disponga de medios. En su opinión, poner límite a los plazos puede provocar que investigaciones no se inicien, que no hayan o falten pruebas, o que las causas de corrupción se archiven.

Con la reforma de la LECrim, desde el PSPV afirman «que no hay voluntad de que se aclaren las cosas». La diputada Peris expone que «muchas causas iniciadas contra la corrupción, con estos medios y plazos, acabarán archivándose e impunes». Además, han preguntado a la consellera de Justicia, Gabriela Bravo, las consecuencias si se implantara la nueva norma. Antes, Bravo ya se quejó de la falta de medios de la Fiscalía Anticorrupción.

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