Todas las multas notificadas este año por las tres jefaturas provinciales de Tráfico, un total de 190.000, y por 129 municipios valencianos (160.000) a través del Tablón Edictal de Sanciones (Testra) presentan irregularidades por no constar en ellas su fecha de publicación. La situación afecta, entre otros, al Ayuntamiento de Valencia, al de Elx, Torrevieja, Orihuela, Benidorm, Alcoi, Elda, Villa-real, Alzira, Dénia y Peñíscola. Así lo asegura la organización de defensa de los conductores Automovilistas Europeos Asociados (AEA).

Los fallos que provocarían la anulación de estas multas surgieron en Testra, el boletín electrónico donde los ciudadanos pueden consultar las notificaciones de sanción que no se les hayan podido entregar en sus domicilios.

A partir de su publicación en esta web, se entiende que la notificación se ha hecho efectiva y se dispone de 20 días naturales para gestionar la multa. Testra omitió las fechas en las que las multas fueron publicadas, lo cual impidió realizar el cómputo en los plazos legales, es decir, pagar o presentar un recurso, «resultando dichas publicaciones inválidas, ineficaces y sin valor legal alguno», afirman los servicios jurídicos de AEA. Desde la DGT defienden la legalidad de estas multas y que el carácter de Testra es informativo y que tan solo constituye una alternativa al tablón del BOE. Sin embargo, según AEA, Testra es el medio oficial de publicación de los procedimientos sancionadores de Tráfico desde el 24 de noviembre de 2010.

La asociación denuncia que tampoco son válidas las publicaciones edictales que desde el pasado 1 de junio viene realizando en el BOE el Ayuntamiento de Valencia «por cuanto, éste no es el diario oficial procedente para publicar sanciones de tráfico». «Cualquier automovilista podría oponerse al cobro ejecutivo de dichas multas por parte de la Agencia Tributaria, o de cualquier otro servicio de recaudación, porque la necesaria notificación previa no se ha realizado correctamente».

La ausencia de fecha en los edictos posibilita pedir la revisión de expediente a «aquellos automovilistas valencianos a los que se les haya cobrado ejecutivamente las multas mediante embargos, siempre que no hubieran recibido notificaciones por correo certificado o hubieran presentado algún escrito atendiendo la recomendación de los servicios de gestión de multas de determinadas compañías de seguros y "empresas «quitamultas»», explica la AEA.