El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso contencioso-administrativo presentado por la Generalitat de Cataluña contra la orden de peajes del gas para 2015, al oponerse a que los gastos de mantenimiento del almacenamiento subterráneo de gas Castor se carguen a la factura de los consumidores. Se abre así otro frente judicial contra la plataforma, que permanece cerrada desde septiembre de 2013 tras provocar más de 500 seísmos en el norte de la provincia de Castelló y sur de Tarragona.

La orden del Ministerio de Industria recurrida por el Govern catalán establece los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas. Es decir, determina los pagos que tienen que efectuar consumidores y productores para sufragar los costes del sistema gasista, como la distribución o el transporte. La orden, promulgada en diciembre de 2014, incluye el primer pago a Enagas en 2015 por el mantenimiento del almacén de gas Castor, que está en hibernación. La cuota asciende a 17 millones de euros al año.

La Generalitat de Cataluña presentó un recurso el pasado mes de febrero alegando que la planta ubicada frente a la costa de Vinaròs no debe considerarse parte del sistema gasista, ya que nunca llegó a entrar en funcionamiento -la instalación se cerró en la fase de prueba de inyección de gas, cuando se registraron los terremotos-. «Consideramos que este almacenamiento no debe repercutirse en la tarifa del gas, no tienen que ser los usuarios quienes lo costeen», según explicaron ayer fuentes del Govern. «La orden del ministerio incluye los costes de mantenimiento y si reconocemos que tienen derecho a esto, estamos reconociendo que Castor forma parte del sistema», concluyeron.