El juzgado de Instrucción número 3 de València ha archivado provisionalmente la causa en la que investigaba presuntos pagos irregulares de la Conselleria de Educación a liberados de la patronal de la concertada Feceval que habría cobrado por una labor docente no realizada. El juez instructor considera que existía un contrato laboral «válido» -no simulado- con todas las consecuencias y efectos entre el centro escolar y el profesional, aunque los servicios se prestasen en la federación. En esta pieza estaba investigado José Manuel Boquet, presidente de esta entidad.

Así consta en una resolución del 11 de agosto que la Abogacía de la Generalitat recurrirá. No obstante, el instructor ha acordado la deducción de testimonio y su remisión al Tribunal de Cuentas, una petición formulada por el ministerio fiscal, a la vista del informe de la Intervención General que concluyó que entre los años 2010 y 2014, la Conselleria de Educación realizó «pagos indebidos» por valor de algo más de 400.000 euros a cuatro personas en concepto de nóminas de personal contratado por centros concertados pero que, sin embargo, desarrollaban su trabajo en Feceval.

La investigación se inició a raíz de una denuncia de la Fiscalía de València, que partió a su vez de una denuncia de Compromís. Como consecuencia se incoaron dos piezas, ésta, por los pagos a los «liberados» de la patronal, que estaba pendiente de resolución, y otra ya sobreseída por supuestos pagos en exceso a la concertada.

El fiscal pidió el sobreseimiento provisional de la causa, aunque sí que reclamaba deducción de testimonio y remisión al Tribunal de Cuentas. Por su parte, la Abogacía de la Generalitat se oponía al considerar que los hechos no eran una irregularidad administrativa sino que podían ser constitutivos de estafa, malversación, falsedad documental o fraude de subvenciones. Según el letrado de la Generalitat, se habían rebasado los límites del convenio entre Generalitat y la federación, y se simuló la contratación de profesores cuyo destino fue realizar trabajo en la Feceval.

Sin embargo, el juzgado entiende que existe un contrato laboral «válido con todas las consecuencias y efectos entre el centro escolar y el profesional, aunque sus servicios se prestasen en la Feceval en lugar de en el centro docente, en cualquier momento puede ser llamado para desarrollar la actividad en el centro».