A partir de ahora las mujeres aspirantes a una plaza de funcionaria en la sanidad pública valenciana no tendrán que preocuparse por si quedan embarazadas durante el proceso de la oposición y la fecha del parto coincide con la de los exámenes.

La Conselleria de Sanidad pondrá fin a los problemas que quedar embarazada ha supuesto durante años a cientos de opositoras (dando al traste a veces con años de esfuerzo y estudio) con la aprobación de un decreto en el que se compromete a tener en cuenta esta situación en la convocatoria de oposiciones.

Así, el decreto de selección y provisión de personal estatutario al servicio de las instituciones sanitarias aprobado por el Consell el pasado viernes recoge expresamente que "cuando la celebración de la prueba coincida con el ámbito temporal para el parto de una participante, tras la notificación por parte de esta, la administración habilitará los medios para que, en la medida de lo posible, aquella realice el ejercicio el mismo día y hora que el resto de aspirantes".

Esta previsión, basada en el plan de igualdad de la Conselleria de Sanidad, compromete, por tanto, a la Generalitat a tener en cuenta el periodo final del embarazo de las opositoras a la hora de poner fecha a las pruebas. En caso de que la circunstancias no lo hagan posible, "se habilitaría otro día para su realización", según reza el decreto publicado ayer en el Diario Oficial de la Generalitat (DOGV).

La oportunidad que se brinda a las mujeres de examinarse en otro momento distinto al resto resulta una novedad en la Generalitat.

De hecho, es la primera vez que este asunto aparece reflejado en las normas que regulan el acceso a una plaza pública. Así, por ejemplo, esta circunstancia no es tenida en cuenta en el decreto de Función Pública sobre provisión de puestos de trabajo en el ámbito de la Administración del Consell.

Reconocimiento del Supremo

El derecho de las mujeres que están próximas a dar a luz a la igualdad efectiva para lograr una plaza pública fue reconocido en 2014 por el Tribunal Supremo en una sentencia en la que se amparaba a una mujer que tuvo un hijo un días antes de la fecha prevista para una prueba de oposición de enfermería. La aspirante reclamó sin éxito que le permitieran hacer el examen en el hospital o en su casa, pero se lo denegaron.

Hasta ese momento, el criterio que se imponía (y que en la práctica se usa) es el de equiparar el parto a una enfermedad grave o una intervención quirúrgica urgente, circunstancias que, aunque sean justificadas por la persona que oposita, no da derecho a realizar la prueba en otra fecha.

El fallo distinguía entre estas situaciones de fuerza mayor y el parto, considerado el final de un proceso natural y entendió que la Administración debía haber puesto los medios para evitar una situación de discriminación hacia las mujeres derivada de la maternidad.

De hecho, se apoyó tanto en la Constitución, como en leyes estatales como la de igualdad de 2007.

Después del fallo, muchas mujeres en toda España han tenido que acudir de nuevo a los tribunales para hacer valer sus derechos. La novedosa regulación de la Conselleria de Sanidad facilita las cosas a futuras opositoras, ya que, en caso de necesitarlo, podrán basarse en el decreto para no tener elegir entre ser madre u opositar.

El decreto lleva la firma de la vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, y la titular de Sanidad, Carmen Montón, quien ocupó durante un tiempo la secretaría de Igualdad en la ejecutiva del PSPV.

La previsión respecto de las embarazadas no es la única novedad en cuanto a medidas con perspectiva de género. Así, se recoge como exigencia dentro de los requisitos para acceder a una plaza o promocionar dentro de la administración el "no haber tenido condena por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual".

Este certificado de antecedentes penales deberá certificarse una vez finalizado el proceso selectivo. Por otro lado, en cuanto a los méritos, además de las titulaciones de estudio, la experiencia, el desarrollo profesional, las actividades científicas y el conocimiento del valenciano; se valorará la formación en materia de igualdad de género. Además, en las plazas de diversidad funcional, en caso de empate en las pruebas, se resolverá a favor de las mujeres.

El decreto contempla también un apartado específico para facilitar las movilidad por razón de violencia de género o por razón de protección a la maternidad, en los casos en los que la trabajadora en estado de gestación o lactancia se pueda ver expuesta a condiciones de trabajo que puedan incluir negativamente en su salud o la del feto. En estos casos justificados, la madre podrá elegir su centro de trabajo.