La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana considera positiva pero insuficiente la Orden ECC/2316/2015, publicada hoy en el BOE, y que viene a regular las obligaciones de información y clasificación de productos financieros, según ha informado la entidad en un comunicado..

Esta Orden, que entrará en vigor en el próximo mes de febrero, obligará a las entidades a entregar a sus clientes un indicador de riesgo que les permita elegir los productos de ahorro e inversión que mejor se adecuen a sus necesidades. De esta forma, el consumidor, antes de llevar a cabo una inversión, será informado por parte de su entidad financiera del nivel de riesgo de dicho producto, a través del color, dentro de una gama de 6 colores que cada uno representa un nivel de riesgo, desde verde, bajo riesgo, hasta rojo, riesgo alto. Es lo que se conoce como el semáforo de riesgo financiero. Esta clasificación, muy similar a la etiqueta de eficiencia energética, podrá ser sustituida por un código numérico que oscilara del 1 al 6. Esta asociación entiende que «esta sustitución desvirtúa la claridad y transparencia que puede aportar el gráfico de la etiqueta, y que es necesaria para que el consumidor conozca las características y riesgos del producto».

La UCCV entiende que se podía haber aprovechado esta Orden para regular la información escrita que se facilita al usuario, en cuanto a redacción entendible para un consumidor medio no conocedor de productos financieros, tamaño de letra adecuado y una primera hoja de resumen de los contenidos, explicando las características del producto y riesgos.

La organización recuerda que la nula o deficiente información facilitada a los consumidores, ha generado multitud de reclamaciones y demandas judiciales (preferentes, acciones) contra las entidades financieras por la pérdida de los ahorros de muchos ciudadanos.