La magistrada del juzgado de lo Mercantil número tres de Valencia ha separado como administradora concursal a Gema Vanesa Galduf Duval, según pública el BOE. La juez ha prohibido que Galduf Duval pueda ser nombrada administradora concursal en los próximos tres años tras tardar 42 meses en emitir un informe de la suspensión de pagos de un autónomo. La responsable del juzgado requirió en numerosas ocasiones a la administradora que emitiera el informe sin éxito. La juez ha nombrado ahora a otra administradora concursal para que se haga cargo del caso.

El juzgado de lo Mercantil número tres de Valencia seleccionó en enero de 2013 a Gema Vanesa Galduf Duval, que es abogada de profesión, para que se hiciera cargo del concurso de acreedores de un agricultor de Aielo de Malferit. La letrada aceptó el cargo el 14 de enero de 2013 con lo que se comprometió a elaborar el informe preliminar sobre la situación deudora del acreedor. El 14 de marzo de 2013, la administradora concursal solicitó la prórroga para presentar el informe.

Un año y medio después, la administradora seguía sin dar señales de vida y la juez dictó una providencia el 16 de octubre de 2014 en la que le instó a presentar el informe y a que justificara las causas del retraso. La abogada «desatendió» el requerimiento.

La letrada presentó finalmente el 21 de julio de 2015, dos años y medio después de su nombramiento, un escrito renunciando a su cargo. La administradora alegó un problema de salud y en ese momento el juzgado le pidió que lo acreditara mediante el correspondiente informe médico. Además, la notificación judicial dejó constancia de que el fax facilitado por la administradora concursal para las notificaciones y comunicaciones con el juzgado no se encontraba operativo.

La abogada aportó a finales de julio el informe médico y la baja por salud. El 19 de octubre de ese año, el juzgado requirió a la administradora que justificara la renuncia sin obtener respuesta hasta cuatro meses después. Durante 2016 la dinámica continuó igual hasta que la profesional finalmente presentó el informe el 4 de julio de 2016.

La juez recuerda en un auto fechado el 7 de noviembre que solo se puede renunciar al puesto por causa grave. «Llama especialmente la atención en este procedimiento, que la causa aducida por la administradora concursal en relación con la concurrencia de una posible causa grave „embarazo de riesgo y baja médica„ se pone de manifiesto dos años y medio después de su designación sin haber atendido sus obligaciones, con un claro incumplimiento de los plazos previstos. Se le requiere en diferentes ocasiones para que presente un informe detallado sobre su actuación con carácter previo a resolver sobre la renuncia sin que hasta la fecha se haya presentado más allá de meras manifestaciones. No debe obviarse que el concurso fue declarado hace casi cuatro años y ninguna actuación de la administradora concursal constaba en las actuaciones hasta julio de 2016».

En un segundo auto, la juez decreta la separación como administradora concursal de Gema Vanesa Galduf Duval, que no podrá volver a optar a un concurso en tres años.