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Compromís desvela un acuerdo de Torrent de 1979 que impedía a los ediles ir a las procesiones

La coalición exige a Ros que la acate y presenta un acuerdo «con eficacia jurídica directa» para que los ediles no vayan a actos religiosos

Compromís desvela un acuerdo de Torrent de 1979 que impedía a los ediles ir a las procesiones

El pleno de Torrent aprobó un acuerdo de laicidad en 1979 para cumplir el artículo 16 de la Constitución Española sobre la separación Iglesia-Estado. Aquel pacto, que impulsó el primer alcalde socialista, estaba en la línea de otros suscritos en la comarca, de forma oficial o por consenso, en pueblos como Alaquàs o Aldaia.

Pero el acuerdo, en un momento dado del período democrático, se guardó en un cajón y dejó de aplicarse. Y de hecho, el alcalde o alcaldesa con sus atributos oficiales „la vara de mando„, así como una representación de los concejales, participan en, al menos, cuatro grandes procesiones religiosas durante el año „el Santo Entierro, el Corpus y el dia dels Sants Patrons, entre ellas„ y también asisten a otras muchas celebraciones religiosas como representantes de la corporación.

El grupo municipal de Compromís destapó ayer aquel acuerdo y lo ha esgrimido para exigir que se cumpla, puesto que está vigente, al no haber sido nunca derogado posteriormente. De hecho, desconociendo que existía ese pacto de los primeros tiempos de la democracia local, la coalición presentó su propia moción de laicidad en agosto de 2015, unos días después de que el alcalde socialista Jesús Ros, recién asumido el cargo con sus votos, participata con la vara de mando en la procesión de las fiestas mayores. Y la mayoría del pleno la rechazó, incluido el grupo socialista.

Podían ir a título personal

La moción de alcaldía de 1979 alegaba que era «imprescindible» el cumplimiento del mencionado artículo de la Constitución ya que «es lógico pensar que si el poder espiritual debe separarse del poder temporal, los actos propios del culto no deberían ser presididos por los representantes de los poderes políticos». La propuesta era que «la corporación no enviará representación oficial a ningún tipo de acto religioso, sea de la religión que fuere, aclarándose que esta decisión no excluye la posibilidad de que, de manera privada y personal cualquier concejal asista al acto religioso que estime conveniente».

Para acabar con esta situación Compromís ha presentado un «Acord Municipal amb Eficàcia Jurídica Directa», una especie de moción en la que se exige que «en cumplimiento del acuerdo del 17 de mayo de 1979 y del artículo 16.3 de la Constitución» el consistori o acuerdo que ningún miembro de la corporación se presencie de forma oficial en actos religiosos.

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