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Tribunales

El TSJ exime a las eléctricas de indemnizar a Paterna por talar árboles en la Vallesa

Una sentencia anula los artículos de la ordenanza de 2013 que obliga a pagar 130 € por ejemplar

El TSJ exime a las eléctricas de indemnizar a Paterna por talar árboles en la Vallesa

El Tribunal Superior de Justicia de la C. Valenciana ha estimado parcialmente la demanda presentada por Red Eléctrica Española contra la Ordenanza Municipal, Normativa Complementaria de Protección del Arbolado de Paterna. El fallo, del que dio cuenta ayer el pleno ordinario, suprime del articulado de la norma los términos referentes a aportar al consistorio 130 euros por ejemplar talado.

En octubre de 2013, el pleno de Patena aprobó con el respaldo de todos los grupos, una nueva ordenanza para proteger el arbolado del municipio. Se trata de una extensa normativa con cinco capítulos y 25 artículos. Meses después, Red Eléctrica presentó un contencioso en el que pedía que se anularán catorce artículos del documento municipal, por, entre otros motivos, violación de dos leyes y falta de cobertura legal.

Los puntos más conflictivos son algunos incisos concretos de los artículos 12 y 13, que determinan que el otorgamiento de la licencia municipal (para construcción u otras actuaciones sobre su masa forestal) queda supeditada a la compensación de los elementos arbóreos que se vean afectados. En este sentido, contempla como opciones de compensación: plantar el triple de árboles que se vean afectados y aportar la cantidad de 130 euros por cada ejemplar talado.

La sentencia analiza si la petición de esta indemnización por parte municipal está motivada o justificada. Así, el fallo recoge que «ni en el expediente administrativo, ni en la contestación (del consistorio), ni en la prueba, encontramos elemento que nos acredite y ponga de manifiesto porque, la tala de un árbol ha de determinar, a modo de compensación, la entrega de 130 euros; de tal forma que nos encontramos ante una cantidad sin justificación, que no discrimina entre especies arbóreas y que consiguientemente, carece de racionalidad. A nuestro entender es un caso claro de falta de motivación, que debe provocar la anulación de la ordenanza».

Así, la sentencia anula hasta cuatro disposiciones referentes a las compensaciones por considerarlas «ilegales» o por «falta de motivación». Cabe señalar que la demandante no reclamó con carácter retroactivo lo abonado a las arcas locales desde la aprobación de la ordenanza en 2013.

El concejal de Urbanismo y Medio Ambiente, Carles Martí, explicó que la sentencia es firme y que negociaron con la eléctrica no recurrirla, a cambio de acordar y controlar al mílimetro cada actuación prevista por el paso las líneas de alta tensión por la Vallesa. «Ahora limitamos al máximo las talas. De hecho, desde que el fallo se convirtió en firme (a finales de 2016), la tala no alcanza la quincena de ejemplares», apunta el edil.

Las talas en la Vallesa bajo los tendidos eléctricos, que se iniciaron de forma amplia y continuada tras declararse el parque natural, siempre han despertado protestas entre la ciudadanía.

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