El juzgado de lo contencioso administrativo de València ha anulado las sanciones que el gobierno de Tavernes de la Valldigna, y más concretamente la concejala de Seguridad Ciudadana, Llum Sansaloni, impuso a tres agentes de la Policía Local, a los que suspendió de empleo y sueldo por distintos periodos, debido a que habían cometido, según criterio de los instructores, infracciones «tipificadas como graves» al incumplir órdenes de un superior o bien no comunicar las mismas pese a tener conocimiento de ellas.

Se trata de dos sentencias prácticamente idénticas (una se basa en la otra), que son estimadas por el magistrado debido a que en la fase de recogida de testimonios por parte de los instructores no se permitió la presencia de los abogados.

En la primera sentencia son dos los agentes que recurren ante el contencioso y en la segundo uno. Argumentan, por una parte, que la edil Sansaloni no tiene competencias para firmar su sanción al no ostentar la delegación de Personal y que el instructor y secretario del mismo no tienen capacidad para obrar como tal al disponer de un rango menor del que exige la normativa.

También denunciaban que a sus abogados no les dejaron estar presentes durante los testimonios. El juez tumba los dos primeros argumentos pero acepta el último, estimando, por tanto, el recurso y obligando al ayuntamiento de Tavernes a pagarles los sueldos que dejaron de percibir durante el tiempo que estuvieron suspendidos.