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El campo valenciano

Los contratos de compraventa, bajo la lupa del Gobierno

Del campo al comercio pero sin formalizar ni cumplir el contrato de compraventa de cultivos. La Unió de Llauradors acaba de presentar diversas denuncias ante la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) contra empresas citrícolas por no formalizar contratos de compraventa con los agricultores o cambiar las condiciones estipuladas inicialmente. El uso del contrato de compraventa, homologado por la conselleria y la mortecina interprofesional naranjera Intercitrus en 2010, debería contribuir a impulsar la rentabilidad del productor y fundamentalmente a la transparencia en las relaciones comerciales. Sin embargo, avanzada ya la campaña citrícola 2016/2017 y después de tantos años de compromisos todavía, brilla por su ausencia la obligación para dotar al citricultor de esa defensa jurídica ante los continuos concursos de acreedores en los que caen muchos comercios citrícolas y que dejan en la estacada a los agricultores a quienes no les paga el fruto del trabajo de toda una temporada.

Según la organización agraria liderada por Ramón Mampel, empresas agroalimentarias utilizan como excusa los daños provocados por el último temporal de lluvias y viento que azotó las parcelas de cítricos „sobre las que existía una relación contractual entre el agricultor y la empresa comercializadora„ «para no recolectar la fruta que todavía está en buenas condiciones». Por eso ha pedido a la AICA, dependiente del Ministerio de Agricultura, que inicie controles e inspecciones para comprobar la existencia de contratos por escrito por parte de esas mercantiles, así como del cumplimiento de su contenido en la compra-venta de cítricos durante esta campaña de recolección y comercialización.

Ausencia de acuerdos

Las denuncias presentadas se centran en la ausencia de contratos, aunque también en algunas prácticas que determinadas empresas comercializadoras de cítricos están adoptando tras el episodio de fuertes lluvias y vientos entre los días 16 y 19 de diciembre. Esta actuación podría suponer una vulneración de la Ley de la Cadena Alimentaria, al provocar un efecto negativo directo sobre la renta de los agricultores, afectados por este incumplimiento unilateral de lo pactado por estos operadores comerciales.

Durante el año 2016, según los últimos datos facilitados por la AICA (que corresponden al primer semestre), este organismo de control y vigilancia del Gobierno central ha realizado un total de 1.129 inspecciones de oficio, de las que 283 corresponden al control del cumplimiento de la Ley de la Cadena Alimentaria. El sector de frutas y hortalizas, junto con el oleícola, acaparan la mayor parte de las inspecciones de oficio.

El comercio recomienda su uso

Desde el Comité de Gestión de Cítricos (CGC) -la patronal que aglutina a los grandes comercios privados y exportadores de España- se advierte que el uso del contrato «hace tiempo que se ha ge­ne­ra­li­za­do» e insta a las asociaciones agrarias a que insistan a sus asociados en recomendar su uso, especialmente el modelo en su momento homologado por Intercitrus. De he­cho, el Comité también lo ha hecho «porque así lo exige la Ley y porque es bueno para ambas partes». El CGC matiza que, en cir­cunstancias tan complicadas como las actuales, «la prioridad del productor suele ser que se recolecte su fruta para minimizar las pérdidas y no perjudicar la próxima cosecha». Y asegura que «nosotros estamos obligados por nues­tros clien­tes a cumplir con unas ca­li­da­des y también hemos sufrido confictos por rechazos en destino y cuando esto ocurre es el operador el que sufre las pérdidas por los gastos de adquisición, recolección, manipulado y transporte», destaca la asociación que preside el empresario Vicente Bordils.

Sin embargo, desde la organización liderada por Ramón Mampel se asegura que muchos productores de cítricos «se encuentran en una situación de indefensión debido a la grave crisis que sufre el sector en este campaña, provocada por diversos factores». Y advierte de que estas conductas «se están generalizando» en la Comunitat Valenciana.

En su opinión, dichas actuaciones conllevan una práctica generalizada por parte de algunas empresas de incumplimiento de la Ley de la Cadena Alimentaria y de la Ley de Morosidad, «ya que los intercambios comerciales se realizan sin contratos escritos válidos y sin plazos de pago conocidos, superiores a los treinta días que establece la normativa», puntualiza Mampel.

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