El motorista que en junio de 2015 arrolló con su motocicleta la terraza de una cafetería de la avenida Burjassot de València, provocando la muerte de una mujer de 71 años y dejando a su paso 16 heridos de diversa consideración, entre ellos dos menores, no pisará la prisión. El juzgado de lo Penal número uno de València lo ha condenado a una pena de un año y tres meses de cárcel por un delito de homicidio por imprudencia grave y por las lesiones imprudentes, pero al ser una pena inferior a dos años y carecer de antecedentes el cumplimiento de la misma le será suspendida.

La sentencia considera probado que el joven de 30 años circulaba «a una velocidad muy superior a la permitida para la vía y para las circunstancias del tráfico con coches en doble fila y transeúntes en las aceras». De igual modo, «omitió una de las más elementales normas de circulación lo que conllevaba un evidente riesgo para los usuarios de la vía que se consumó con el fatal siniestro de trágicas consecuencias», según califica la juez el accidente ocurrido en la tarde del 29 de junio de 2015.

A la hora en la que se produjo el siniestro varias personas se encontraban tranquilamente sentadas en la terraza de acera. María del Carmen Ballesteros, de 71 años, murió en el acto al ser alcanzada por la motocicleta, una Kawasaki ZR de 750 cc, que salió despedida sin control después de que el ahora condenado realizara una «maniobra evasiva exagerada y a una velocidad excesiva».

De hecho, la sentencia remarca que la «falta de experiencia» en la conducción de motos del acusado influyó notablemente en el resultado del siniestro. El joven obtuvo el permiso en el año 2007 pero desde entonces no había vuelto a conducir una moto, hasta dos meses antes del accidente que se compró la citada motocicleta.

Esta falta de pericia hizo que, después de pasar a gran velocidad por el espacio dejado por un autobús y una vehículo estacionado en doble fila, frenara «de forma brusca», provocando que la rueda trasera quedara bloqueada. Al desestabilizarse la moto y caer su conductor al suelo, ésta «por la fuerza de la inercia se desplazó por la calzada, chocó contra el bordillo de la acera e invadió la zona peatonal».

En el tramo de la avenida Burjassot en el que se encontraba la terraza, donde 16 personas entre clientes y viandantes resultaron heridos, la velocidad está limitada a 30 kilómetros por hora. No obstante, los informes del grupo de Atestados de la Policía Local acreditaron que el joven circulaba a una velocidad comprendida entre los 78,4 y los 107,7 km/h, siendo más próxima la cifra real al máximo que al mínimo, según declaró en el juicio instructor del atestado.

La Fiscalía solicitaba cuatro años de cárcel por un delito de conducción temeraria en concurso con el delito de homicidio por imprudencia grave, Sin embrago, pese a quedar acreditado que conducía a velocidad excesiva y que actuó de forma imprudente, el juzgado de lo Penal descarta la conducción temeraria al no apreciar dolo en el joven, ya que «no era consciente del peligro para la vida o salud de las personas» que suponía su maniobra evasiva. Por ello se le condena solo a un año y tres meses de cárcel y a pagar una multa de 8.640 euros por ocho delitos de lesiones por imprudencia. Asimismo se le prohibe conducir vehículos por un plazo de tres años