Seis meses de cárcel, que no cumplirá por no tener antecedentes penales es la condena que le ha impuesto una jueza al hombre, vecino de Benifairó de la Valldigna, que mató a su perro, tras arrojarlo al río con un bloque de hormigón atado al cuello para que se hundiera más fácilmente.

La noticia la recogía este mismo medio en su edición de ayer viernes.

Semejante individuo, que ha visto reducida su pena al reconocer los hechos, la fiscalía de medio ambiente pedía para el acusado 18 meses de cárcel, argumentó en el juicio que tomó la decisión de acabar con la vida del can, un pinscher de 3 años de edad, al tener la pata rota y no poder costear la operación.

El salvaje que cometió esta aberración, no queda acreditado cómo se rompió la pata el animal, si fue de manera fortuita o provocada, no ingresará en prisión al ser una pena inferior a dos años de cárcel y carecer de antecedentes penales.

Aunque se ha modificado el Código Penal en su artículo 337 en lo referente al maltrato animal y se han endurecido las penas, la verdad es que casos como este, demuestran que estamos todavía muy lejos de otros países, donde la legislación en materia de maltrato animal es mucho más severa y un delito como el cometido por este individuo hubiera llevado aparejado varios años de prisión.