Faltan cuatro meses para la fecha oficial de inicio de la temporada del «parany» (del 12 de octubre al 7 de noviembre) y la modalidad de caza está afectada por un auto del Tribunal Constitucional que impide su práctica hasta que se dirima el conflicto entre el Gobierno y la Generalitat. Un estudio elaborado por el colectivo Apaval cifra en 34 millones de euros la inversión realizada por los aficionados de cara a la temporada 2010, en la que habían previsto la vuelta a la legalidad.

El estudio lo encargó Apaval y está visado por el Colegio de Ingenieros de Montes. Detalla el gasto realizado por los cazadores para acondicionar sus «paranys» y distingue entre los distintos tipos de árboles-trampa: algarrobos, olivos, carrascas o pinos. Según este estudio, de media, cada aficionado hizo un desembolso de 17.000 euros para restaurar su «parany» desde que las Corts Valencianes aprobaron –en octubre de 2009– la modificación de la ley valenciana de caza que da cobertura a la práctica tradicional. Teniendo en cuanta que en la Comunitat hay cerca de 2.000 «paranys», la mayoría en la provincia de Castelló, el gasto efectuado se acercaría a los 34 millones de euros. Una inversión que no habrá servido de nada si esta temporada se mantiene la prohibición, a no ser que se opte por el furtivismo, con el riesgo de sanciones.

El presidente de Apaval, Pasqual Batalla, añade a los perjuicios económicos«los daños morales». «Quién reparará a los cazadores si luego resulta que el Tribunal Constitucional resuelve a favor del parany», se preguntó.

Las Corts Valencianes aprobaron el pasado 14 de octubre una modificación de dos artículos de la ley autonómica de caza para encajar el «parany», un método cinegético que considera compatible con el marco estatal y comunitario.

El Gobierno respondió con un recurso ante el Tribunal Constitucional, que consideró que la ley valenciana vulnera las competencias básicas que ostenta el Estado en materia de medio ambiente. Recuerda que la Ley de Patrimonio Natural y la Biodiversidad –que incorpora al ordenamiento español lo dispuesto en la normativa comunitaria sobre conservación de aves silvestres– fija que en el aprovechamiento de los recursos naturales, incluyendo las especies de caza, no se puede incluir la utilización de métodos prohibidos en la Unión Europea.

El Tribunal Constitucional admitió a trámite el recurso y abrió un plazo de alegaciones. La Generalitat argumentó que el término «selectividad» –el debate residen en si el «parany» es o no un método selectivo–debe ser «desarrollado por las comunidades autónomas». Además, pidió que la suspensión del «parany» no se haga efectiva hasta que se resuelva el conflicto de competencias para evitar perjuicios a los cazadores.

El TC dictó un auto el pasado 19 de mayo que mantiene la prohibición. Asume la tesis de la Abogacía del Estado y entiende que podrían causarse daños medioambientales irreparables en el caso de que se levantase la suspensión. Señala que, con la decisión de mantener la prohibición no se causa «una lesión de intereses de carácter patrimonial de tal magnitud que suponga afectar a un sector económico de manera directa e inmediata fundamental para la economía de la Nación».