Ontinyent se libra del sobrecoste por la fuga de millones de litros del Clariano tras la DANA de 2016

El TSJ tumba el incremento del canon de vertidos girado por la Confederación Hidrográfica del Júcar tras dispararse el volumen de recursos evacuados al cauce por la depuradora a raíz de la rotura del colector de aguas fecales

Obras de reparación del colector dañado en las lluvias de 2016 en Ontinyent.

Obras de reparación del colector dañado en las lluvias de 2016 en Ontinyent. / A.O.

Sergio Gómez

Sergio Gómez

En diciembre de 2016, un episodio de intensas lluvias ocasionó el desbordamiento del río Clariano en Ontinyent. Una impresionante riada penetró en el casco urbano de la localidad y causó graves daños en el colector general de aguas fecales cuyo trazado discurre por el interior del cauce. La consecuencia fue que millones de litros de agua del río penetraron en la conducción y acabaron en la estación depuradora compartida entre Ontinyent y Agullent, perjudicando su normal funcionamiento.

El incremento desmesurado del volumen de agua tratado y evacuado por la Edar, que se prolongó hasta bien entrado 2018 debido al retraso en la reparación de las obras del colector, hinchó la factura del canon de vertidos al cauce público liquidado ese año por la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), que reclamó un sobrecoste de 25.000 euros a la comunidad de usuarios de vertidos (CUV) de la depuradora, integrada por los ayuntamientos de Ontinyent y Agullent.

La agrupación supramunicipal impugnó el requerimiento tras criticar "afán recaudatorio" y, cinco años más tarde, ha ganado una importante batalla judicial contra la Administración del Estado que sienta las bases para futuros litigios similares.

La sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha exonerado a los consistorios de la Vall de abonar la cantidad exigida después de anular el pronunciamiento previo del Tribunal Económico Administrativo Regional que avaló la postura de la CHJ.

La comunidad de usuarios Ontinyent-Agullent alegó que la CHJ no acreditó en ningún momento qué cantidad de las aguas recibidas por la depuradora procedían del alcantarillado

En su recurso, la CUV Ontinyent-Agullent puso el foco en que la falta de conservación del cauce "por responsabilidad de la Confederación" agravó los daños provocados por la DANA de 2016. La entidad local alegó que la CHJ no acreditó en ningún momento qué cantidad de las aguas recibidas por la depuradora procedían del alcantarillado -responsabilidad de la Comunidad de Usuarios- y qué cantidad provenía del propio río.

Entre 2014 y 2016, según los informes de Egevasa, los caudales vertidos a la Edar rondaban los 4.000 millones de litros anuales, el volumen que los municipios de Ontinyent y Agullent estaban autorizados a verter en la estación. El canon que giró la CHJ a ambos ayuntamientos en 2018, sin embargo, se basó en el cálculo de un volumen vertido de 5.847 millones de litros (un 46% por encima de lo habitual), como consecuencia de los efectos de la riada, que todavía perduraban dos años más tarde.

La CUV intentó reparar el colector de inmediato para evitar fugas contaminantes y la entrada de agua del río, pero los trabajos de urgencia en un tramo de 50 metros de canalización se prolongaron durante 2017. Un año después, la DANA de 2019 volvió a causar daños en los colectores residuales que derivaron en el vertido de millones de litros de agua contaminada en el río Clariano

El Abogado del Estado se opuso al recurso de los ayuntamientos invocando la doctrina del Tribunal Supremo para defender que cuando se acredita que el volumen autorizado del vertido no coincide con el real, el canon debe calcularse conforme al vertido efectivamente producido. El órgano estatal pidió que se desestimaran las pretensiones de la CUV por no haber aportado datos que permitieran discernir entre el volumen de agua procedente del saneamiento de las poblaciones y el volumen procedente de las infiltraciones del río Clariano.

El Estado, condenado a pagar las costas

La controversia del procedimiento judicial se centró en torno al interrogante de quién debía asumir la carga de la prueba para la fijación de la cuantía sobre la que procede liquidar el canon de vertidos. La sala de magistrados del TSJ hace hincapié en que la jurisprudencia en la materia se refiere a los supuestos en los que el volumen vertido es inferior al volumen autorizado, no en los casos en los que los vertidos son superiores.

Por ello, "a falta de previsión normativa y hallándose acreditado que dicho exceso (de agua tratada en la depuradora) no corresponde a los vertidos del alcantarillado de la actora, no cabe imponerle la carga de la prueba para justificar uno y otro volumen", razona la sentencia, que obliga a cobrar a la Comunidad de Usuarios el importe del canon calculado tomando como referencia el volumen de vertidos autorizado y no el que efectivamente se produjo.

La resolución judicial impone al Estado las costas procesales hasta un máximo de 1.500 euros.

En 2022, el Tribunal Supremo ya libró a Ontinyent de pagar 650.000 euros a la CHJ por el canon de vertidos en un litigio que se remontaba a 15 años atrás.

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