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El TSJ anula varias cuotas de urbanización de la UE-25 cobradas por el consistorio de Segorbe

El tribunal entiende que se liquidaron cuotas de un proyecto modificado sin una correcta tramitación en vez de las originales

El TSJ anula varias cuotas de urbanización de la UE-25 cobradas por el consistorio de Segorbe

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado las liquidaciones aprobadas por la junta local de gobierno de Segorbe en 2008 del primer y segundo plazo de las cuotas de urbanización de la Unidad de Ejecución 25, de la pedanía de Peñalba. En el auto, la jueza estima que el acuerdo tomado en junta de gobierno local, el 23 de abril de 2008, es «contrario a derecho» y «carece de todo sustento fáctico y jurídico, por lo que ha de ser anulado». Un hecho, puntualiza, que «comporta, a su vez, la anulación de los actos de liquidación de cuotas individuales giradas por el ayuntamiento a los recurrentes», lo que conllevaría, de facto, la devolución de las cuotas cobradas a los vecinos aunque ni este extremo ni la cantidad a reintegrar por el consistorio están especificados en el fallo judicial.

En el auto se explica que la base de la anulación radica en que el acuerdo tomado en su día por la junta de gobierno local, «aunque dice corregir una rectificación de errores aritméticos o de cálculo para la liquidación de las cuotas lo que hace en realidad es liquidar, en lugar de las cuotas resultantes del proyecto de reparcelación aprobadas el 23 de agosto de 2005, las derivadas de un modificado de ese proyecto que no fue tramitado conforme a la legislación urbanística vigente».

Se trata de un proceso judicial que comenzó hace diez años por varios vecinos de la pedanía segorbina, que se mostraban en contra de la reparcelación que se llevó a cabo en su día de esta unidad de ejecución, así como de las liquidaciones y cuotas cobradas por el ayuntamiento a los propietarios. Casi diez años después y múltiples pleitos en los tribunales, la jueza del tribunal valenciano ha estimado en parte el recurso de apelación interpuesto por estos vecinos revocando, el pasado 27 de marzo, la sentencia de desestimación dictada por la Audiencia de Castelló en enero de 2011.

Por otra parte, la jueza desestima la impugnación indirecta de los denunciantes referente a la delimitación de la UE 25, ya que no figura la Generalitat como demandada y sería la autora del acuerdo llevado a cabo en la Comisión Territorial de Castelló y, sobre todo, puntualiza el auto, las delimitaciones de las unidades de ejecución «no son impugnables indirectamente por tratarse de determinaciones que carecen de los elementos necesarios para su consideración como disposiciones administrativas de carácter general».

Asimismo, desestima la solicitud de los denunciantes de que se anule el acuerdo de pleno del 23 de agosto de 2005, donde se llevó a cabo la aprobación definitiva del programa de actuación integrada, proyecto y reparcelación de la UE. La jueza considera que se trata de actos de gestión urbanística «que carecen de naturaleza normativa, de manera que son actos administrativos y no disposiciones generales».

Cabe recordar que en marzo de 2014, el TSJCV desestimó un recurso de casación, en segunda instancia, interpuesto por estos propietarios en contra de la urbanización de la UE 25. Los denunciantes pretendían impugnar de manera indirecta la delimitación de la unidad afectada y anular el acuerdo de pleno de 2005 en el que se aprobó el proyecto de urbanización y reparcelación de esta UE. Un año después, con esta nueva sentencia, el tribunal valenciano vuelve a reiterarse en esta postura, pero anula el acuerdo de las cuotas por «ser contrario a derecho» y, con ello, las liquidaciones.

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