El Juzgado de Violencia sobre la Mujer Número 1 de Castelló denegó el 28 de febrero de 2018 la orden de alejamiento y las medidas cauletales planteadas por la madre de las dos menores asesinadas por su padre esta madrugada en la capital de la Plana al considerar que "no se aprecia en este caso la concurrencia de la situación objetiva de riesgo que exige el artículo 544 y por tanto no se estiman necesarias la adopción de medidas de protección para (...), siendo desproporcionada, en sentido estricto, la imposición al investigado de medidas que restrinjan sus derechos".

La magistrada ponente del auto llega a esta conclusión por "la carencia de antecedentes penales" del padre de las menores y por la "propia conducta mantenida por la denunciante", según consta en el auto de denegación. En este segundo caso, la magistrada indica que no acepta las medidas plantedas porque la madre de las menores "ni ha dado una explicación razonable al miedo que dice sentir cuando existe una importante distancia espacial entre las primeras expresiones que imputaba a su marido, en julio de 2017, hasta la actualidad; ni dicho miedo es compatible con sus propios actos, ya que parece ser que, tras salir voluntariamente del domicilio familiar -donde se ha quedado el marido-ha fijado su residencia en la misma calle donde vive él".

En último lugar, la magistrada ancla su decisión de denegar las medidas cautelares en que las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado valoraron como "bajo" el riesgo para la víctima.

Esta madrugada el padre de las dos menores ha asesinado con un arma blanca a las dos hijas de la pareja y se ha suicidado posteriormente arrojándose desde un sexto piso a la calle. El suceso ha conmocionado a la ciudad de Castelló, cuyo ayuntamiento ha convocado una concentración en la Plaça Major para las 18:00 horas y ha decretado dos días de duelo oficial.