El Tribunal Supremo anuló el pasado 11 de marzo la decisión del Gobierno español de retirar el asilo político a Severo Moto por considerar que el informe presentado por el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) sobre sus actividades no probaba que constituyera "un peligro para la seguridad de España".

Según la sentencia, el informe del CNI no contenía "la más mínima referencia a que alguna de las actividades de Moto hubiera implicado un peligro para la seguridad" y se limitaba a asegurar que la presencia del opositor constituía un riesgo para el país. El Consejo de Ministros justificó su decisión -aprobada en enero de 2006- alegando que el criterio del CNI debía "considerarse motivo fundado".

La sentencia añadía también que las consideraciones del CNI reflejadas en el informe, en el que se afirmaba que Moto constituía "un riesgo para los intereses y los ciudadanos españoles" y pondría "en compromiso la política exterior española con Guinea Ecuatorial", "carecen de soporte objetivo alguno". El tribunal consideró que tampoco existen pruebas suficientes de la implicación de Moto en el tráfico de armas ni en la contratación de mercenarios destinada a promover un Golpe de Estado en su país.

El vicepresidente del autoconstituido Gobierno de Guinea Ecuatorial en el Exilio, Armengol Engonga, dijo ayer que cualquier acusación de terrorismo deberá ser documentada.