El Consell ha anunciado en varias ocasiones que cumplirá «a rajatabla» el Real Decreto de Sanidad y el decreto de aseguramiento de 4 de agosto, que incluye que los inmigrantes irregulares residentes en la C. Valenciana deban abonar 710 euros al año para ser atendidos, de lo contrario y sea cual sea su estado de salud no podrán ser visitados por un médico de la Seguridad Social. Y eso que la normativa aprobada por el Gobierno contradice hasta tres leyes autonómicas valencianas que impulsan la sanidad universal en el territorio y dan a los «sin papeles» el estatus de «ciudadano».

Así, la ley que más garantías da a los inmigrantes en situación irregular es la de Integración, aprobada por las Corts el 5 de diciembre de 2008. Esta normativa define qué personas tienen derecho a la asistencia sanitaria. Según reza el artículo 23 de la norma: «Las personas inmigrantes que se encuentren en la C. Valenciana tienen derecho a la asistencia sanitaria, que les proporcionará el Sistema Sanitario de la C. Valenciana». Es más, en su preámbulo considera la atención sanitaria como algo «fundamental para la integración» de los nuevos residentes.

Además, según explica la investigadora y experta en temas de Inmigración de la Universitat de València, Ana López, «la propia Ley de Ordenación Sanitaria de la Comunitat Valenciana recoge, como principio rector, la universalización de la atención sanitaria y, en ejecución tanto de esta norma como del resto de la normativa estatal y autonómica de aplicación, la Conselleria de Sanidad acreditará el derecho a las prestaciones sanitarias de las personas inmigrantes, en los casos y en la modalidad que procedan». Además, apunta, «se contempla la tarjeta sanitaria como documento básico en el que la persona inmigrante dispondrá de la información que facilite su acceso a la asistencia sanitaria». Es esta tarjeta la que el Gobierno pretende hacer pagar a los irregulares.

Otra ley aprobada por las Corts también chocaría con las pretensiones del decreto, en este caso al otorgar rango de «ciudadano» a los inmigrantes irregulares. El artículo 4 de la Ley de Participación Ciudadana reza que «se entiende por ciudadanía el conjunto de las personas físicas que tengan la condición política de valenciana o valenciano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Estatut d’Autonomia, o que, con independencia de su nacionalidad, residan en la C. Valenciana». En este caso, López también lo tiene claro: «En nuestra autonomía tienen la condición de valenciano todos los empadronados, sean irregulares o ilegales. De esta manera, ¿Qué sucede con el Real Decreto del gobierno estatal?».

En la actualidad hay una batalla legal entre algunas autonomías y el Gobierno a la hora de aplicar la medida. Por ley es el Estado el que fija quién puede ser atendido por la Seguridad Social pero según varios juristas, el Real Decreto está por debajo de una ley autonómica en caso que la materia en conflicto sea una competencia transferida como es la Sanidad.

Por su parte, según CC OO, la Conselleria de Sanitat tiene capacidad normativa para permitir que se atienda a los inmigrantes irregulares, a través de la Ley 6/2008, que regula el aseguramiento en la autonomía.