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El tribunal reitera el operativo de Fabra con el que estafó a Hacienda

Los magistrados del Supremo consideran que los continuos movimientos bancarios del expresidente de la diputación, hasta 599, sólo podían pretender «la ocultación» de rentas

El Tribunal Supremo quita toda veracidad a los argumentos esgrimidos por Carlos Fabra para acreditar sus ingresos injustificados y su particular operativo bancario, y reitera que el expresidente de la diputación tuvo un propósito de defraudar. Así, sostiene que «solamente fuentes ocultas» pueden explicar «razonablemente las cantidades consideradas como ganancias no justificadas».

La sentencia expone que Fabra extrajo de forma profusa dinero de unas cuentas para ingresarlo en otras «por una cuantía que ascendió de tres millones de euros», y subraya que los 599 ingresos contabilizados, algunos de ellos «en un escasísimo periodo de tiempo de uno o dos días», «exigiría una acreditación de estadísticas en la experiencia bancaria, que desde luego no se aportan».

«La más cautelosa intuición sugiere que tales prácticas, en esa frecuencia y envergadura, se compadecen más con pretensiones de ocultación del origen de las rentas antes que con cualquier exótica costumbre o modo de actuación de un usuario bancario, que con tanta reiteración busque trasladar los efectivos de una entidad a otra», explican los cinco magistrados, que califican incluso de «proclamación gratuita» cuando la defensa de Fabra alega en su recurso que estos movimientos bancarios responden a una práctica habitual de «bastantes familias».

El exmandatario de la diputación también defendió los ingresos injustificados en el hecho que tenía «una capacidad de financiación suficiente procedente de créditos, ventas inmobiliarias, talones, derechos de minas, efectivo procedente de la empresa Carmacas o asunción por terceros de cuantías de préstamos». Al respecto, solicitó un examen global de su capacidad financiera para comprobar el patrimonio al principio y al final de los ejercicios.

El tribunal lo descarta y subraya algunos ejemplos expuestos por los informes periciales de Hacienda y la sentencia de la Audiencia para insistir en que Carlos Fabra estafó a la Hacienda Pública de 1999 a 20o3, años en los que ostentaba, además, la presidencia de la diputación y del PP de Castelló. En otro ejemplo, subraya la «desproporción» existente «entre la renta declarada en 1999, en torno a 60.000 euros, cuando en ese año se efectúan 774.000 euros de ingresos en efectivo. O cuando recuerda la sentencia de instancia que se llegan a efectuar 18 ingresos por importen que no supera las 500.000 pesetas, tipo de indudable trascendencia en cuanto al control fiscal bancario».

Explica que comparar el patrimonio al inicio y al final de un ejercicio no acredita los ingresos injustificados y explica que «fácilmente es construible una hipótesis en la que partiendo de un saldo inicial de cero se ingresen en el año por préstamos y venta de inmuebles, y se ingrese un capital de origen no declarado que equivalga a las sumas retiradas por las amortizaciones de préstamos e inmuebles, por que el saldo resulta cero al final del ejercicio». Por ello concluye que las «fuentes ocultas» están detrás de las ganancias no declaradas.

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