El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Tacrc) ha suspendido temporalmente el concurso de Puntos de Encuentro Familiar (espacios para facilitar el cumplimiento del régimen de visitas establecido en situaciones de crisis o ruptura familiar), convocado por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

La resolución se ha dictado después de que la Asociación Empresarial de Residencias de la Tercera Edad y de Servicios a Personas Dependientes de la Comunitat Valenciana (Aerte), junto a dos entidades más, interpusiera un recurso especial en materia de contratación, debido a que la conselleria impedía a las entidades mercantiles presentarse para gestionar dicho servicio.

José María Toro, presidente de Aerte, explicó que «el concurso incumple el artículo 132 de la Ley de Contratos del Sector Público, que dice que no se puede excluir a entidades por su forma jurídica ni por si tiene o no ánimo de lucro», y comentó que «hoy en día, estos servicios los gestiona una entidad mercantil, y no entendemos por qué ahora solo permiten la presentación de entidades sin ánimo de lucro».

Por su parte, Mónica Oltra, vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, aseguró que «de momento es una medida cautelar, pero estamos estudiando los argumentos». La vicepresidenta afirmó que «la infacia y la adolescencia son un ámbito muy vulnerable» de manera que «las leyes, tanto la estatal como la autonómica, hacen limitaciones importantes con las empresas mercantiles con ánimo de lucro».

Oltra explicó que desde la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas pretenden que «no haya ningún interés superior al del menor», y por eso excluyeron a las entidades mercantiles del concurso de Puntos de Encuentro Familiar, ya que «una empresa al final lo que defiende es su interés de ganar dinero».

El pasado martes, 9 de julio, el tribunal suspendió provisionalmente el procedimiento de contratación por los prejuicios que podrían derivarse si la conselleria continuara el procedimiento de contratación, puesto que los daños serían «de difícil o imposible reparación». «Si se adjudica la gestión ahora y después el tribunal decide que se pueden presentar empresas, estas ya no podrían licitar», así explicó Toro la importancia de paralizar el concurso.

En la resolución, el Tacrc explica que la suspensión del procedimiento no afectará al plazo concedido para la presentación de ofertas o proposiciones por los interesados, de manera que la suspensión cautelar tan solo paraliza los trámites para que la Conselleria no pueda adjudicar la gestión a ninguna entidad, pero si el concurso no se anula en la próxima resolución, las empresas no podrían presentarse.

«Es una resolución que acaba de salir, pero no entra en el fondo del asunto. Estudiaremos la medida cautelar, pero dentro de este marco cualquier decisión ha de atender al interés superior de los niños y niñas», comentó la vicepresidenta.