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Tribunales

Un coche mal aparcado amenaza la investigación del cártel del fuego

La defensa de un colaborador de la red pedirá la nulidad porque una grúa retiró el vehículo policial con las pruebas dentro durante los registros

Un coche mal aparcado amenaza la investigación del cártel del fuego

Un descuido en los registros practicados en la investigación del cártel del fuego, el procedimiento que indaga en presuntas irregularidades en los contratos públicos relacionados con la extinción de incendios forestales en la Comunitat Valenciana, amenaza la fase final de las diligencias.

Según la información de la que dispone Levante-EMV, la defensa de uno de los presuntos testaferros de la trama pedirá la revisión de las actuaciones judiciales al considerar que pudo romperse la cadena de custodia de las pruebas durante los registros policiales, practicados el 29 de mayo de 2015.

Al parecer, los agentes de la Policía Nacional que participaron en la operación que acabó con la detención de Serafín Castellano, exdelegado del Gobierno en la Comunitat, dejaron su vehículo mal aparcado y fue retirado por una grúa. Según esta información, el vehículo no llevaba ninguna marca policial que lo identificase y fue retirado con las armas reglamentarias de los agentes y la documentación incautada en su interior.

Horas después, los policías recuperaron el coche con las pruebas, pero las defensas creen que este hecho impide definir con nitidez el camino que han seguido las pruebas desde que se obtuvieron hasta que la Policía recuperó el vehículo. El Tribunal Supremo (TS), en una sentencia dictada por la sala de lo Penal en 2014, fijó que la cadena de custodia debe «cumplimentar una serie de requisitos con el fin de asegurar la autenticidad, inalterabilidad e indemnidad de las fuentes de prueba».

A la espera de que se presente este escrito, la defensa del presunto testaferro ya ha presentado un recurso ante la Audiencia provincial de València en el que solicita la nulidad de las actuaciones porque el registro de sus propiedades se practicó sin presencia de su abogado. La Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto a la nulidad y subraya en su escrito, al que ha tenido acceso este periódico, que se respetaron las garantías constitucionales del investigado.

En junio, el juzgado de Instrucción 3 de Sagunt finalizó la instrucción de una de las cinco piezas separadas en las que se dividió el sumario del cártel del fuego para iniciar el camino de la apertura de juicio oral. Se trata del bloque investigaba el presunto trato de favor del jefe de la delegación de seguridad aérea en vuelo en València, Salvador Alepuz, al grupo Avialsa, propiedad del empresario Vicente Huerta, cerebro de la red.

Según concluyó el juez-instructor, la investigación ha constatado que Alepuz trabajó para Avialsa antes de lograr su plaza de funcionario como ingeniero aeronáutico.

Ahora, tras tener conocimiento de la decisión del juzgado, la defensa de uno de los colaboradores ha trasladado a la Audiencia que «el registro domiciliario fue ejecutado en presencia del investigado detenido, pero sin la debida asistencia letrada, pese a que fue reclamada en el momento de su detención».

La defensa cita una sentencia anterior de la Audiencia que, en un asunto de tráfico de drogas, absolvió al único acusado porque los agentes que registraron su casa le tomaron declaración sin presencia de su representante legal.

En cambio, el ministerio público se ha puesto a esta petición del colaborador de la trama. «Se estima que el motivo no puede prosperar, por cuanto que no es cierto que se hayan vulnerado las garantías constitucionales que protegen el derecho a la inviolabilidad domiciliaria y por ende, no ha lugar a que se declare la nulidad de la diligencia», razona la Fiscalía.

Además, añade que «se informó al detenido que no era necesaria la presencia de letrado del Turno de Oficio para la práctica de la entrada y registro y que le asistirá en el momento de su declaración en el juzgado».

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