El Tribunal Constitucional ha obligado al Instituto Nacional de Estadística (INE) a asignar una plaza a una mujer que fue descartada para el puesto por estar de baja maternal, al considerar que se trata de una discriminación por razón de sexo, con lo que revoca una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. La mujer superó las pruebas de acceso para un puesto de auxiliar administrativo en el INE y fue nombrada funcionaria, pero no pudo tomar posesión en ese momento por encontrarse de baja por maternidad, por lo que solicitó un aplazamiento y que le reservaran la plaza.

Sin embargo, el INE optó por contratar a otra trabajadora, alegando urgencia y necesidad para cubrir el puesto que continuaba vacante.

En su sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el Constitucional -al que la mujer afectada pidió amparo- revoca una sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana y estima que hubo discriminación por razón de sexo y que el INE ha de asignar esa plaza a la mujer. El tribunal incide en que el INE no ofreció ninguna alternativa flexible a la mujer para que pudiera acceder al empleo y sostiene que las circunstancias de ser trabajadora y madre colocaron a la mujer en «clara desventaja».

En este sentido, el Constitucional asegura que el INE está obligado a adoptar fórmulas flexibles que impidan que la maternidad sea un obstáculo para el acceso al empleo al empleo público y a ofrecer alternativas razonables a la situación específica de la maternidad, aun cuando no se haya formulado el contrato.

El tribunal recuerda en la sentencia que todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad constituye discriminación directa por razón de sexo.

El sindicato CC OO ha destacado en un comunicado que esta sentencia recuerda a las Administraciones Públicas su deber de garantizar que no se discrimine a las mujeres por razón de sexo, «menos aún en relación con la maternidad de las trabajadoras».