El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha dictado una resolución, con fecha 11 de noviembre, en la que se desestiman los recursos interpuestos por dos empresas contra el procedimiento de contratación de los servicios de limpieza para la Administración de la Generalitat, su sector público instrumental y las entidades adheridas.

Las dos empresas recurrentes habían sido excluidas del procedimiento por la mesa de contratación al no cumplir con los requisitos exigidos y ahora el tribunal ha dado la razón a la Conselleria de Hacienda. Ello permite levantar la suspensión del procedimiento de contratación, por lo que se desbloquea la posibilidad de poner en marcha un nuevo servicio.

A partir de ahora las conselleries y entidades adheridas ya pueden formalizar la contratación del servicio de limpieza derivada del acuerdo marco. Esta resolución del tribunal se suma a una anterior contra otro recurso de otra entidad privada y que ya dio la razón a la conselleria en noviembre 2018.

Por lo tanto, es el segundo recurso que gana la Administración y con él se desbloquea el procedimiento de contratación de la limpieza a través del acuerdo marco ya que hasta ahora se estaba realizando de manera individualizada por cada una de las entidades mediante contratación propia o mediante la prórroga de los contratos anteriormente vigentes.

La Conselleria de Hacienda publicó en 2018 en el diario oficial de la UE y la Plataforma de Contratación del Sector Público, el acuerdo marco para los servicios de limpieza para la Administración de la Generalitat, su sector público instrumental y entidades adheridas. La resolución de adjudicación del servicio a 17 empresas se notificó en junio de 2018. No obstante fue de inmediato paralizada la adjudicación por el recurso interpuesto por las dos empresas antes mencionadas.

Primer acuerdo centralizado

La contratación tenía previsto destinar 10 millones anuales para los centros de Valencia, Alicante y Castelló, así como para la Ciutat Administrativa Nou d'Octubre. La duración del contrato era de dos años desde su formalización. Se trataba del primer Acuerdo Marco para la contratación centralizada de los servicios de limpieza de la Administración de la Generalitat, el Sector Público Instrumental y otras entidades adheridas.

Con este acuerdo, el Consell homogeneizaba las condiciones a las que han de ajustarse los contratos de servicios de limpieza, con el fin de dar prioridad y potenciar criterios sociales como la integración de personas en riesgo de exclusión o la aplicación de planes de igualdad, así como medioambientales, relacionados con el uso de determinados materiales y maquinaria.

El procedimiento perseguía además la optimización de los recursos públicos consiguiendo una mayor eficiencia en la ejecución de las prestaciones del contrato.